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Fiscalía logra decomiso de 5 propiedades de Rafael Caro Quintero

Tras una petición del Departamento de Justicia de Estados Unidos, la FGR logró la extinción de dominio a favor del Estado Mexicano de cinco inmuebles del fundador del Cártel de Guadalajara.
mar 25 octubre 2022 12:05 PM
Rafael Caro Quintero en la cárcel
Rafael Caro Quintero fue liberado en 2013 del Complejo Penitenciario de Puente Grande, esto debido a errores en su proceso en el caso de asesinato del ex agente de Estados Unidos, Enrique Camarena. Y fue recapturado en julio de este año, tras un operativo del Ejército Mexicano, con fines de extradición a Estados Unidos.

La Fiscalía General de la República obtuvo una sentencia favorable para decomisar y declarar la extinción de dominio de cinco inmuebles que eran propiedad de Rafael Caro Quintero, presunto fundador del Cártel de Guadalajara y quien fue detenido, con fines de extradición a Estados Unidos, el 15 de julio.

El ejercicio de la acción jurídica para la extinción de dominio de cinco inmuebles se llevó a cabo tras una petición del Departamento de Justicia de Estados Unidos, para su decomiso en razón de que "fueron adquiridos con recursos procedentes de la venta de narcóticos".

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La Fiscalía informó que obtuvo sentencia favorable en la que se declaró procedente el ejercicio de la acción de extinción de dominio a favor del Gobierno Federal sobre cinco inmuebles ubicados en Zapopan, Jalisco.

Y detalló que el 25 de octubre de 2019, se presentó ante la Dirección General de Procedimientos Internacionales una petición del Director de la División Penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, a través del cual solicitó asistencia jurídica internacional para el decomiso de inmuebles que se encuentran en Zapopan, Jalisco, respecto de los cuales se demandó la extinción de dominio en la Corte de Distrito Este de Nueva York, toda vez que fueron adquiridos con recursos procedentes de la venta de narcóticos.

Dicha solicitud consistía en que se diera publicidad a la demanda de extinción de dominio; se realizara notificación a los demandados; se tomaran las medidas necesarias para preservar los bienes asegurados y en su momento, en términos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ejercitara la acción de extinción de dominio respecto de cinco inmuebles.

Al advertirse que se reunían los elementos constitucionales y reglamentarios para ejercer la acción de extinción de dominio, se dio vista a la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio (UEMED), dependiente de la Fiscalía Especializada de Control Regional.

Y una vez agotado el procedimiento jurisdiccional en todas sus etapas, "la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con competencia en la República Mexicana y Especializado en Juicios Orales Mercantiles del Primer Circuito con sede en la Ciudad de México, dictó sentencia favorable mediante juicio oral, declarando judicialmente la extinción de dominio de los cinco bienes inmuebles, propiedad de Rafael "C", a favor del Estado, afectando así las finanzas de la delincuencia organizada", finalizó la FGR.

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