"La norma establece un plazo innecesariamente largo en comparación con otras medidas alternativas que podrían emplearse, y se dirige a un universo de sujetos que resulta desproporcionadamente amplio, no todos los cargos de mando superior tienen las mismas responsabilidades ni presentan el mismo grado de riesgo de corrupción, por lo tanto la norma es sobreinclusiva", expuso el ministro presidente Arturo Zaldívar.
En el análisis de la Ley de Austeridad, el pleno de la Corte también resolvió que el Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar en la materia. El argumento es que la "austeridad republicana" es una política de Estado que debe estar prevista en la Constitución y, a través de ella, habilitar al Congreso para legislar al respecto.
Asimismo, los ministros reconocieron que la ley de austeridad no invade las facultades de la Auditoría Superior de la Federación (ASF).
También reconocieron la validez de artículo 1, párrafo 2, de la ley de austeridad, pero con la interpretación de que esta no aplica en otros poderes de la unión ni a organismos constitucionalmente autónomos. Igual que la de los artículos 16 y 26, ambos impugnados por temas de taxatividad.