De acuerdo a la ministra, “se observa que el objetivo de las normas impugnadas no es que el Estado se constituya como único generador y comercializador de energía”.
Lo anterior, dado que el objetivo es “establecer medidas específicas para el beneficio del interés colectivo y garantizar la confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional, a través de la modificación al criterio de despacho económico de la energía”.
“El Estado Mexicano debe velar por el desarrollo nacional integral y de manera sustentable, fortaleciendo la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo, y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de las personas, grupos y clases sociales”, refiere el texto.
De igual forma, la ministra deja claro que el Poder Legislativo fue dotado de plena libertad configurativa, especialmente considerando que el Estado debe garantizar el acceso a la energía eléctrica, tanto como un servicio y como un derecho humano, “lo cual acredita sin lugar a dudas, que las reformas en cuestión atienden un interés público que debe prevalecer sobre intereses de particulares”.
