Esa ley también establece que la organización del proceso revocatorio debe realizarse con los mismos estándares de una elección federal , es decir, deben instalarse consejos distritales, contratarse capacitadores, insacular a 12 millones de ciudadanos, visitarlos, convencerlos para que funjan como representantes de casilla, capacitarlos y realizar todos los controles de una elección.
Sin embargo la Cámara de Diputados recortó en 4,913 millones de pesos el presupuesto solicitado por el INE y le ordenó hacer los ajustes necesarios para concretar el ejercicio revocatorio.
El INE realizó ajustes a su gasto y logró generar una bolsa de 1,275.9 millones de pesos para hacer posible ese proceso, no obstante, advirtió que aún enfrenta un déficit de 2,554 millones de pesos para realizar el ejercicio.
Por el recorte, el 7 de diciembre el INE presentó una controversia constitucional en contra del Presupuesto de Egresos de la Federación 2022 y pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que se suspenda la obligación de realizar adecuaciones presupuestarias y garantizar la suficiencia presupuestaria de 3,830 millones de pesos requeridos para la revocación.
El 15 de diciembre la Corte dio entrada al recurso pero el ministro instructor Juan Luis González Alcántara negó la suspensión solicitada por el INE pues es “un hecho de realización incierta” el proceso revocatorio.
Además, el viernes 17 de diciembre 6 de 11 integrantes del Consejo General del INE aprobaron suspender algunas etapas organizativas del proceso revocatorio.
Los que votaron a favor de esa decisión y fueron denunciados por el diputado Gutiérrez Luna, en su calidad de presidente de la mesa directiva de la Cámara, son el consejero presidente Lorenzo Córdova, además de los consejeros Ciro Murayama, Claudia Zavala, Jaime Rivera, Roberto Ruiz Saldaña y Dania Ravel.
En tanto, para contrarrestar la decisión del Consejo General, el 21 de diciembre, con el rechazo de la oposición, Gutiérrez Luna presentó una controversia constitucional ante la Corte contra el acuerdo del INE que suspendió las tareas organizativas de la revocación de mandato.
Al día siguiente, el 22 de este mes, la Comisión de Receso de la Corte acordó admitir a trámite la controversia constitucional promovida por la Cámara contra el acuerdo del INE pero invalidó la decisión de éste de suspender la etapa organizativa del ejercicio revocatorio.
Según decidió la SCJN , el INE deberá abstenerse de ejecutar el acuerdo de suspensión de actividades para la organización del proceso de revocación de mandato del presidente y debe seguir con la organización y todas las actividades con el presupuesto aprobado.
El sábado 25 de diciembre venció el plazo para que todos los solicitantes del proceso de revocación entregaran al INE las firmas para solicitar su realización.
El INE ha mantenido la revisión de todas las firmas recibidas. De completarse las 2 millones 758, 227 firmas válidas de solicitantes de la revocación, el Instituto deberá emitir una convocatoria para su realización.