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El cardenal Juan Sandoval Íñiguez violó la separación entre iglesias y Estado

La Sala Especializada del Tribunal Electoral determinó dar vista a Gobernación para que aplique las sanciones correspondientes contra él y otros ministros que afectaron las recientes elecciones.
jue 18 noviembre 2021 06:35 PM
El cardenal Juan Sandoval Iñiguez, arzobispo emérito de Guadalajara
Con sus declaraciones, Juan Sandoval Íñiguez ha generado diversas polémicas.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el cardenal emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Íñiguez, sí transgredió el principio constitucional de separación entre las iglesias y el Estado, la equidad e igualdad en contiendas electorales, así como la temporada de veda, en los comicios del pasado domingo 6 de junio.

Además, aprobó por unanimidad dar vista a la Secretaría de Gobernación (Segob), para que determine las sanciones conducentes contra él y otros ministros de culto que también incurrieron en esas infracciones electorales.

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Morena denunció a Sandoval y a los ministros de culto Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, Mario Ángel Flores Ramos, Ángel Espinosa de los Monteros y Carlos Aguiar Retes, por violaciones a la ley electoral.

Ello, derivado de la difusión de videos en redes sociales en el contexto del reciente proceso, con los cuales los sacerdotes señalados invitaron a la ciudadanía a reflexionar el sentido de su voto y solicitaron a los electores favorecer a candidaturas afines a los valores de la religión católica.

"A juicio de la ponencia, se actualiza la eficacia refleja de la cosa juzgada respecto de las manifestaciones realizadas por el cardenal Juan Sandoval Íñiguez en el video difundido en Facebook el 1 de junio, debido al impacto que tuvo en la elección de los integrantes de la Cámara de Diputados", se estableció en el proyecto de la magistrada ponente, Gabriela Villafuerte.

En el documento aprobado, se propuso tener como acreditada la vulneración al principio de separación iglesias-Estado y la equidad en la contienda por parte de Sandoval y de los otros ministros, porque buscaron influir en el sentido del voto de la gente.

Sin embargo, a juicio de la ponencia, los ministros Pedro Pablo Elizondo Cárdenas, Mario Ángel Flores Ramos y Ángel Espinosa de los Monteros no transgredieron la veda electoral. Aun así, se les hizo un llamado para que en lo subsecuente no realicen pronunciamientos políticos en medio de elecciones.

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Medios de comunicación involucrados

En la sesión, se concluyó además que medios de comunicación y algunas personas que trabajan en ellos, como Proceso, La Jornada, El Universal, Enrique Gasca Ventura, Héctor Jiménez Ruiz y Sanjuana Martínez Montemayor, directora de Notimex, no son responsables por las irregularidades denunciadas.

Ello, toda vez que actuaron en ejercicio de la libertad de expresión e información sin que existan elementos que denoten la presunción de su ilegalidad.

El magistrado Luis Espíndola dijo que, al igual que se realiza un llamado a los ministros de culto, se debió solicitar a los medios tener presente que el contenido de los mensajes denunciados es considerado ilícito. La idea, señaló, es que en lo sucesivo tengan los cuidados que consideren pertinentes en el ejercicio de su libertad de expresión.

Además, en su opinión se debió dar vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE), toda vez que la legislación penal electoral contempla de manera específica la prohibición de realizar proselitismo electoral por parte de ministros de culto religioso.

En meses pasados, el TEPJF determinó anular la elección en Tlaquepaque, Jalisco, por la intervención indebida del cardenal Sandoval.

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