Con ello, a cada fuerza política se les asignó un interventor con el que deberán colaborar y no podrán hacer gastos sin su autorización.
El Artículo 97 de la Ley General de Partidos Políticos (LEGPP) establece que “si de los cómputos que realizan los consejos distritales un partido político nacional no obtiene el porcentaje mínimo de votos que establece la ley (3%) la comisión de Fiscalización del INE deberá designar de inmediato a un interventor
En sesión ordinaria semi presencial, en la que el dictamen fue aprobado por unanimidad, el consejero presidente, Lorenzo Córdova Vianello, dejó en claro que no es el INE el que decide la creación de nuevos partidos políticos.
"Como lo refleja la soberanía popular expresada en las urnas son las y los ciudadanos quienes en el ejercicio de sus derechos políticos deciden qué partidos políticos permanecen en el sistema de partidos o salen del mismo”, comentó.
Claudia Urbina Esparza, encargada del Despacho de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos detalló que, a partir del día siguiente a la aprobación del presente dictamen, los partidos Encuentro Solidario, Fuerza Por México y Redes Sociales Progresistas, pierden todos los derechos y prerrogativas que establece la Constitución.
Además, lo que establece la Ley General de Partidos Políticos, y demás normatividad aplicable, con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2021, que deberán ser entregadas por el INE a la persona interventora respectiva.