La sala consideró que Erwin Sigrid Frederick Neumaier de Hoyos y Jesús Ramírez Cuevas, titulares del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie) y de la Coordinación de Comunicación Social, respectivamente, son responsables por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.
Ante ello, se determinó dar vista al presidente, como superior jerárquico de ambos funcionarios, y al Órgano Interno de Control de la Oficina de la Presidencia, para que impongan las sanciones correspondientes.
En este caso, también se sancionó con una multa a 188 emisoras de radio y televisión, al acreditarse que difundieron las expresiones infractoras del mandatario.
Finalmente, se vinculó a la Coordinación General de Comunicación Social del gobierno para que se eliminen de las conferencias de prensa del 16, 19 y 20 de abril las expresiones motivo de la sanción, y se ordenó la implementación de medidas de no repetición.