De un análisis íntegro a los promocionales "Búnker PRI NL”, la sala determinó que lo expresado es una opinión y crítica severa contra el partido y sus entonces candidatos a la gubernatura y la alcaldía de Monterrey, Adrián de la Garza y Francisco Cienfuegos, respectivamente, sobre hechos que forman parte del debate público en la entidad.
Para los magistrados, sin embargo, los asuntos tocados son de interés general y lo expresado no representa una calumnia.
Los magistrados electorales Rubén Lara —presidente—, Gabriela Villafuerte y Luis Espíndola aprobaron el proyecto en el sentido de que en los promocionales señalados "no se imputan hechos ni delitos falsos, sino que se está ante una crítica severa que forma parte del escenario público y mediático".
Por lo tanto, se determinó la inexistencia de calumnia y de uso indebido de la pauta mediática.
Sin embargo, se declaró existente el incumplimiento al acuerdo de medidas cautelares por parte de la concesionaria Dominio Radio, SA de CV, y del gobierno de Nuevo León, por lo que se les impuso una amonestación pública.