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El INE desecha queja contra cardenales acusados de intervenir en las elecciones

Un ciudadano acusó a Carlos Aguiar Retes, Juan Sandoval Íñiguez y otros sacerdotes de afectar la contienda, pero la Comisión de Quejas consideró el recurso improcedente porque la elección ya pasó.
jue 01 julio 2021 03:45 PM
Juan Sandoval Íñiguez
Juan Sandoval Íñiguez y otros sacerdotes católicos fueron acusados de emitir mensajes que violaban la equidad en la contienda y el principio de laicidad.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por un ciudadano en contra de los cardenales de la Ciudad de México, Carlos Aguiar Retes, y emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Íñiguez, quienes estaban acusados de intervenir indebidamente en las pasadas elecciones.

El ciudadano promotor del caso denunció a ambos ministros de culto católicos por la difusión de mensajes con contenido político-electoral en redes sociales. El quejoso argumentó que estos mensajes violaban la equidad de la contienda y los principios de laicidad y separación Iglesia-Estado.

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En su queja, el ciudadano también solicitó medidas cautelares para el obispo Pedro Pablo Elizondo y los sacerdotes Mario Ángel Flores Ramos y Ángel Espinosa de los Monteros.

Pero de acuerdo con el proyecto aprobado por los consejeros Ciro Murayama, Claudia Zavala y Adriana Favela, la solicitud de medidas cautelares es improcedente, debido a que “se está ante actos futuros de realización incierta”.

Además, se consideró que tampoco procede la solicitud de retirar de las redes sociales los materiales denunciados, en virtud de que “se trata de actos irreparables por la etapa del proceso electoral en que nos encontramos, concretamente porque ya pasó la jornada electoral” de este año.

En otro asunto, la comisión también declaró improcedentes las medidas cautelares solicitadas por el PRD en contra de Ignacio Rodríguez Cevallos, por posible violación a la ley electoral durante los comicios del 6 de junio, dado que estos ya concluyeron.

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En su queja, el PRD expuso que Rodríguez Cevallos publicó el 5 y 6 de junio diversos mensajes en Twitter, los cuales consideró que violaban la equidad de la contienda y contravenían la ley electoral.

“El proyecto propone la improcedencia de la medida cautelar al estar en presencia de actos irreparables, ya que el PRD alegó que con la publicación de los tuits denunciados se violó la etapa de la veda electoral en perjuicio de la equidad de la contienda”, señaló la Comisión de Quejas.

Sin embargo, “si la respectiva jornada electoral ya tuvo lugar, entonces no se justifica el dictado de medidas cautelares en los términos y para los efectos pretendidos por el quejoso, con independencia de la resolución de fondo que en su momento se emita”, concluyó.

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