El texto indica además que la calificación mínima a señalar en la boleta será 6. Esta instrucción aplica para los maestros de educación básica (primaria y secundaria).
El documento del Acuerdo conclusión ciclo escolar 2020-2021, publicado en el portal de la la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), ordena también que en el caso de que el alumno se haya ausentado de manera intermitente en uno, dos o los tres periodos de evaluación, el docente deberá realizar una valoración general de los conocimientos logrados durante el ciclo escolar o de los periodos de evaluación sin información, considerando la realización de tareas, trabajos, actividades académicas extraordinarias adicionales u otros aspectos que demuestren los aprendizajes y saberes adquiridos del educando.
¿Cómo será la evaluación de los estudiantes que estuvieron en clases de manera intermitente?
Los profesores deberán asignar una calificación en los siguientes términos:
En educación primaria y secundaria se asignará una calificación global del grado y se registrará como promedio final. En este supuesto, la calificación mínima a señalar en la boleta de calificaciones será 6.
En caso de que no existan condiciones para llevar a cabo la valoración general de los estudiantes, se deberá registrar en la boleta de evaluación la leyenda "Información insuficiente".
En estos casos, la calificación se reportará hasta que concluya el periodo extraordinario de recuperación, el cual también ha sido fijado por la SEP.
La dependencia federal determina además que los alumnos de primaria y secundaria que transitan al siguiente nivel educativo no podrán ser retenidos en el grado escolar en el cual se encuentran inscritos, considerando que se encuentran sujetos a un proceso de valoración extraordinaria.