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El TEPJF resuelve que informe de AMLO sí fue propaganda y violó la Constitución

El informe analizado por la Sala Superior fue el realizado el 30 de marzo, por los 100 primeros días de gobierno del tercer año de gobierno. La Sala Especializada deberá emitir una nueva resolución.
mié 26 mayo 2021 04:09 PM
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López Obrador asumió la presidencia el 1 de diciembre de 2018.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución de la Sala Especializada que había exonerado al presidente Andrés Manuel López Obrador por la difusión de su informe de trabajo por los primeros 100 días de su tercer año de gobierno y, con ello, ordenó a esta instancia emitir una nueva resolución que tome en cuenta que dicho informe sí fue propaganda gubernamental.

Además, la Sala Especializada deberá deslindar responsabilidades y establecer las consecuencias jurídicas que sean necesarias, incluyendo, en su caso, fijar las medidas de no repetición.

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La Sala Superior concluyó que el informe del 30 de marzo fue propaganda difundida en tiempos indebidos, porque se realizó cuando los estados de Campeche, Colima, Guerrero, Nuevo León, San Luis Potosí y Sonora ya se encontraban en campaña.

Los magistrados resolvieron que esto vulneró el artículo 41 constitucional, que prohíbe la difusión de propaganda gubernamental durante ese periodo de contienda electoral.

En contraste, en su resolución del 6 de mayo, la Sala Especializada consideró que la difusión del referido informe no fue propaganda gubernamental personalizada, que no hubo uso indebido de recursos públicos y que tampoco se vulneraron las reglas electorales.

Durante la sesión virtual, la magistrada Janine Otálora consideró que el informe “vulneró justamente la prohibición de difundir propaganda gubernamental en las entidades federativas que ya se encontraban en periodo de campañas el 30 de marzo”.

“(Por ello) coincido en que lo procedente es revocar la resolución impugnada y ordenar a la sala responsable emita una nueva en base a lo expuesto en el proyecto (...) Me parece pertinente mencionar que de la evolución histórica de los informes de gobierno en las constituciones federales de nuestro país, pueden concluirse importantes elementos de su naturaleza, y estos son que debe presentarse ante el Congreso de la Unión, por escrito, una vez al año, y que debe ser analizado por este otro poder de la Federación”.

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Para Otálora, cualquier otro acto comunicativo gubernamental que no cumpla con estas características debe valorarse, para establecer si busca informar a la ciudadanía o es propaganda.

Después de que la Sala Especializada, emitió su resolución el PRD la impugnó y el asunto llegó hasta la Sala Superior.

Este miércoles, por unanimidad, la Sala Superior determinó que el informe sí fue propaganda gubernamental.

“Durante todo el evento, fue notoria y evidente la presencia central del Ejecutivo federal, la cual actualiza el elemento personal; además, el propósito del discurso fue obtener la aprobación del trabajo gubernamental y las acciones del Ejecutivo durante los primeros 100 días de este año, actualizando así el elemento objetivo”, dijo en la sesión el magistrado Reyes Rodríguez.

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