En cuanto a los aspirantes para el proceso interno que no han podido acreditar su militancia, el Consejo General del INE deberá permitir que quienes quieran participar puedan presentar las pruebas que consideren necesarias.
Es decir, el Consejo General deberá interpretar la pertenencia a un padrón de militantes —incluido el del propio INE—, a fin de generar un indicio de que esa persona está afiliada al partido.
La resolución se da a unos días de que el INE avaló a 71 aspirantes a los dos cargos de dirección en Morena, y mientras se acerca la fecha para la realización de la primera encuesta, que se llevará a cabo del 16 al 22 de septiembre.
Desde que en agosto el TEPJF ordenó al INE realizar la encuesta para la renovación de la dirigencia de Morena, Ramírez Cuéllar señaló que el fallo no contemplaba el principio de paridad establecido en los estatutos del partido.
Después, cuando el INE aprobó la convocatoria, el dirigente denunció que no se había incluido este aspecto, lo que impedía garantizar que las mujeres tuvieran el mismo derecho que los hombres a ocupar puestos de dirección en el partido.