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Estados endurecen medidas para proteger al personal de salud

En el IMSS se tiene el registro de al menos 21 agresiones a médicos y enfermeras que trabajan en medio de la emergencia sanitaria por el nuevo coronavirus COVID-19.
vie 24 abril 2020 02:28 PM
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En las últimas 24 horas se reportaron 545,201 casos y 7,797 defunciones a nivel global.

En medio de la emergencia sanitaria que enfrenta el país debido a la pandemia del COVID-19, el personal de salud ha enfrentado agresiones en distintas partes del país, lo que ha llevado a las autoridades a tomar medidas enérgicas.

En ese sentido, los gobiernos estatales han establecido sanciones y multas que van de penas de hasta ocho años de cárcel a multas por 26,064 pesos.

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Jalisco

Este jueves 23 de abril, el Congreso del Estado aprobó modificar el Código Penal para que se tipificaran como crímenes de odio los ataques físicos hacia médicos y enfermeras.

Esto significa que se aplicará una pena de prisión que irá de los dos a los ocho años de cárcel. Además, el delito se perseguirá de oficio, es decir, no será necesaria una denuncia.

Actualmente, el Artículo 202 Bis del Código Penal del estado indica que a quien atente contra la dignidad humana, limite, anule o genere un menoscabo a los derechos, libertades y seguridad de las personas, se le impondrá una multa de 50 a 100 Unidades de Medida y Actualización (UMA) –es decir de 4,340 a 8,680 pesos– o hasta 100 jornadas de trabajo comunitario.

Tlaxcala

Este mismo jueves, el Congreso de Tlaxcala endureció las penas y multas en contra de las personas que atenten contra la integridad física y emocional de servidores públicos, específicamente de aquellos que laboran en el sector salud y que actualmente combaten la pandemia del coronavirus.

En sesión extraordinaria, 22 diputados locales avalaron las reformas al Código Penal de Tlaxcala que establecen que a quien cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas se le impondrá de uno a tres años de prisión y multas de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que podrían ir de los 8,688 pesos a los 26,064 pesos por este delito.

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Cuando las conductas sean en contra de quien participe en la prestación de servicios de salud en tiempo de epidemia, como actualmente sucede, la pena aumentará tres años más y el delito se investigará de oficio.

Además, quedó establecido que cuando alguien discrimine a personal de salud será castigado de 1 a tres años de prisión y con una multa de 100 a 300 UMA, y cuando sean cometidas en contra de quien participe en la prestación de servicio de salud durante una contingencia sanitaria o alguna epidemia, la pena de prisión aumentará en la mitad y la multa hasta cuatro veces el valor UMA.

Colima

El pasado 21 de abril, el Congreso de Colima aprobó la iniciativa del diputado Guillermo Toscano Reyes, para endurecer las sanciones a quien agreda al personal de salud.

El decreto aprobado reformó el artículo 223 del Código Penal para el Estado de Colima, donde establece que se impondrán de uno a tres años de prisión y multa de cincuenta a cien Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien, por razón de edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, origen o pertenencia étnica, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, características físicas, discapacidad, estado de salud, opiniones políticas, emergencia sanitaria, realice cualquiera de las siguientes conductas:

  • Provoque al odio o incite a la violencia; veje o excluya a alguna persona en lo individual o en grupo; niegue o restrinja derechos laborales, principalmente por razón de género o embarazo; niegue o retarde un trámite, servicio o prestación al que tenga derecho.

Cuando estas conductas se comentan en el contexto de una emergencia sanitaria, principalmente en contra de personal del sector salud, la pena de prisión y multa aumentará en una mitad a la prevista en la ley.

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Si estas conductas las realiza un servidor público, se aumentará en una mitad la pena de prisión prevista y además, se destituirá e inhabilitará para desempeñar cualquier cargo público, por el mismo tiempo de la privación de la libertad impuesta.

También se adicionó un párrafo a la Ley que Previene, Combate y Elimina la Discriminación de la entidad, para señalar que dentro de la discriminación por enfermedad, son conductas que discriminan a las personas por estar expuestas o laborar en el Sector Salud durante una declaratoria de Emergencia Sanitaria, las siguientes:

  • Provocar o incitar al odio o la violencia de aquellas personas que por motivo de su trabajo están expuestas al contagio de una enfermedad o virus.
  • Vejar o excluir a alguna persona o grupo de personas, negando o restringiendo derechos, negar o retardar trámites o servicios, tanto del ámbito público como privado, por el simple hecho de haber estado expuesto dentro de su trabajo a una enfermedad contagiosa en el contexto de una emergencia sanitaria.

Oaxaca

El 15 de abril, el Congreso de Oaxaca también aprobó reformar el Código Penal local para castigar con hasta con seis años de prisión a quien cometa algún delito contra personal médico.

Además se estableció la pena de prisión, a las personas que cometan actos de agresión y discriminación contra el personal médico, por creer que son portadores del coronavirus y pueden propagar un contagio, a quienes se les impondrá una sanción de 225 a 450 días de trabajo a favor de la comunidad y hasta 400 días multa.

Yucatán

Este 23 de abril, en Yucatán, el diputado Luis Borjas Romero presentó en nombre de toda la bancada del Partido Revolucionario Institucional, la iniciativa en materia de lesiones al personal de salud, con la que se propone dar hasta cinco años de cárcel a quien agreda a personal de salud.

La iniciativa –que aún no ha sido aprobada– pretende reformar el Código Penal del Estado de Yucatán para establecer sanciones que irían de 1 a 3 años de prisión o de 50 a 200 días-multa y de 50 a 100 días de trabajo en favor de la comunidad, a quien agreda o cause lesiones que tarden hasta 15 días en sanar y no pongan en peligro la vida de cualquier persona que se desempeñe en las instituciones de salud públicas o privadas.

Si las lesiones causadas tardasen más de 15 días en sanar la sanción iría de 3 a 5 años de prisión y de 50 a 500 días-multa, aumentando hasta en una mitad más cuando las conductas señaladas se cometan durante una emergencia sanitaria o si quien las infiere es un servidor público, además de que el delito será perseguido de oficio.

El pasado 21 de marzo, la titular de la de la División de Programas de Enfermería del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), mejor conocida como “jefa Fabiana”, dio a conocer que en el IMSS ha recibido reportes de 21 agresiones en 12 estados.

Tras dar su mensaje, Fabiana abrió su cuenta de Twitter e Instragam, donde señaló que dedicará el espacio a detener las agresiones contra sus compañeros que atienden a pacientes con COVID-19.

En tanto, el 20 de marzo, Milenio reportó que el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) había registrado en 30 días al menos 150 quejas por discriminación relacionadas con el coronavirus (COVID-19); de las cuales, al menos 30% fueron interpuestas médicos y enfermeras.

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