3. Rendición de cuentas. Adicional a los mecanismos de transparencia en tiempo real, los gobiernos deben informar al término de la emergencia sobre los resultados del ejercicio de los recursos. Para asegurar la rendición de cuentas, es útil contar con mecanismos de monitoreo independiente que revisen que los procesos de contrataciones se apeguen a la normatividad y ajustes legales, con la participación de los ciudadanos.
Entre las cosas que deben informar, están el total de recursos invertidos en la atención de la emergencia, en relación con los recursos autorizados, las acciones realizadas con los recursos invertidos, el número y localización de beneficiarios de las acciones, las contrataciones celebradas para atender las necesidades de la emergencia y el estatus de cumplimiento de cada una, así como una evaluación sobre la eficiencia de dichas contrataciones y la acciones que se podrían realizar con el presupuesto remanente.
4. Garantizar la competencia económica. Los gobiernos deben evitar que en sus procedimientos de contratación para atender la emergencia se propicie la concentración o acaparamiento ya sea para la adquisición de bienes o contratación de servicios de consumo necesario durante la contingencia por fuerza mayor.
Asimismo, se deben de tomar las medidas pertinentes para que las micro, pequeñas y medianas empresas participen en la provisión de bienes y servicios necesarios en la emergencia.
Los gobiernos tienen la obligación de evitar y sancionar el alza de los precios, el acaparamiento y la especulación en la prestación de servicios y propiciar la libre competencia en igualdad de condiciones para asegurar sus propios intereses y contratar en las mejores condiciones.
De acuerdo con las organización, es probable que los gobiernos se enfrenten al desabasto de bienes necesarios para atender las emergencias, por lo que es indispensable que los órganos de competencia económica prevengan las prácticas desleales.