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El Senado ya tiene propuesta para despenalizar la marihuana

Se podrá portar hasta 28 gramos, fumar en espacios permitidos y portar hasta 200 gramos se sancionará sólo con multas.
dom 19 enero 2020 02:18 PM
Marihuana
El consumo de marihuana con fines medicinales se ha ido abriendo paso en la legislación mexicana. En contraste, el consumo con fines lúdicos todavía encara resistencias y causa polémica.

Portar hasta 200 gramos de marihuana pasará de ser sancionado con una pena de 10 a 25 años a sólo una multa y trabajo comunitario, de acuerdo con la reforma que se prepara en el Senado.

El proyecto incluye la creación de la Ley General para la Regulación y Control de Cannabis, así como reformar la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, según han dado a conocer medios de comunicación.

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¿Qué implica la regulación de la marihuana en México?

Según lo publicado, las Comisiones de Justicia, Salud, Estudios Legislativos y la de Seguridad Pública elaboraron el proyecto de dictamen para regular en uso de la marihuana en el país que contempla:

Ley para la Regulación y Control de Cannabis

  • Se crea el Instituto Mexicano del Cannabis.
  • Permite el cultivo, distribución y consumo de marihuana.
  • Además del uso médico se incluye el uso lúdico, de investigación e industrial de la cannabis.
  • Se permite la creación de asociaciones de consumo y licencias de venta.

Ley General de Salud

  • La Secretaría de Salud estará a cargo de normar el uso de la marihuana.
  • La marihuana deberá estar destinada para consumo personal e inmediato mientras no exceda de los 28 gramos, en cualquier presentación o producto; el límite actual es de 5 gramos.

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Código Penal

  • Baja de 5 a 10 años la pena por el tráfico de marihuana; actualmente va de 10 a 25 años.
  • Sólo se sancionará penalmente cuando se posea más de 200 gramos; entre 28 y 200 gramos se aplicará una multa de 60 a 120 Unidades de Medida y Actualización, trabajo comunitario o arresto hasta por 36 horas.

Los límites

  • Prohíbe el uso para menores de 18 años.
  • No se podrá fumar marihuana cuando se encuentren menores de edad o cualquier persona mayor de edad que no otorgue consentimiento.
  • No se podrá comercializar productos que excedan los niveles autorizados de cannabis, ni los que sean mezclados con alcohol, nicotina, tabaco o cafeína.

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