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Acceso a la salud, convenios, presupuesto: 10 cambios que traerá el Insabi

La reforma que desaparecerá al Seguro Popular y creará un nuevo instituto está por publicarse. De cara a que esto ocurra, te contamos qué aspectos del servicio cambiarán y cuál es la expectativa.
sáb 16 noviembre 2019 07:00 AM
Insabi
El Insabi empezó a operar el 1 de enero de 2020.

Con los cambios a la Ley General de Salud que desaparecen el Seguro Popular y crean el Instituto Nacional de Salud para el Bienestar (Insabi), se plantea la universalización de los servicios en la materia, por lo que las personas sin seguridad social podrán acceder a estos y a los medicamentos de forma gratuita.

Para esta tarea, se prevén 271,519 millones de pesos, que incluyen recursos federales y aportaciones de los estados, recursos del programa de atención a la salud y medicamentos gratuitos, y 40,000 millones de pesos específicamente para la creación del Insabi.

La entrada en operación del organismo se prevé para este 1 de enero de 2020 y estas son las claves para entender qué se espera de él.

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El Insabi proveerá los servicios de salud

Como ya no existirá el Seguro Popular, se creará un instituto que tendrá a su cargo la aplicación de políticas del programa IMSS Bienestar y operará de manera directa los sistemas de salud, que hasta ahora están a cargo de los gobiernos locales y financiados por el Seguro Popular. Esto, siempre y cuando los gobernadores lo acepten a través de convenios.

Atención a todos los que estén en el país

La ley señala que las personas que se encuentren en el país y así lo requieran, a partir de criterios de universalidad, igualdad, inclusión y gratuidad, serán beneficiarias de los servicios públicos de salud, cuando antes la norma solo aludía a los residentes en el país, preferentemente a favor de personas pertenecientes a grupos sociales en situación de vulnerabilidad.

"Todas las personas que se encuentren en el país que no cuenten con seguridad social tienen derecho a recibir de forma gratuita la prestación de servicios públicos de salud, medicamentos y demás insumos asociados, al momento de requerir la atención, de conformidad con el artículo 4 de la Constitución, sin importar su condición social", dice la legislación recién enviada a promulgar al jefe del Ejecutivo.

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No habrá costos para los afiliados

La creación del Insabi prevé ofrecer servicios de salud y medicamentos de forma gratuita a todas las personas que estén en el territorio nacional que no cuenten con seguridad social.

A diferencia del Seguro Popular, en el que los afiliados hasta ahora aportan un monto para acceder a los servicios, en este caso, para acceder a los servicios no será necesario que hagan aportaciones, según promete la reforma aprobada.

La salud se financiará solo con recursos públicos

Con los cambios a la ley, los servicios médicos y medicamentos para las personas sin seguridad social se financiarán con recursos públicos. Para 2020, se prevén 224,885 millones de pesos (mdp) para la Secretaría de Salud, contando con recursos provenientes del Ramo 12 y del Ramo 33 (Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud, FASSA).

En espera de la puesta en marcha del Insabi, inició la operación en 2019 del Programa de Atención a la Salud y Medicamentos Gratuitos para la Población sin Seguridad Social Laboral, el U013, el cual contempla 6,071.3 mdp para transferir y 500 mdp para el pago de personal de base. Para el próximo año, se estima un presupuesto de 6,634 mdp para este programa, que se trasferiría al Insabi tentativamente en lo que se aprueba el Presupuesto de Egresos 2020. Además, se tomarán al menos 40,000 mdp del Fondo de Gastos Catastróficos que pertenecía al Seguro Popular. En total, tomando en cuenta esos rubros, se prevén 271,519 mdp para ofrecer servicios de salud y medicamentos gratis.

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Se ampliará el catálogo de enfermedades catastróficas

De acuerdo con la Secretaría de Salud, la Protección contra Gastos Catastróficos 2019 solo cubre 65 padecimientos, clasificados en 10 categorías y restringidos por edades (recién nacidos, malformaciones congénitas y/o adquiridas en menores de 18 años, enfermedades metabólicas en menores de 10 años, cáncer en menores de 18 años, cáncer en mayores de 18 años, enfermedades vasculares en menores de 60 años, infectocontagiosas en menores de 65 años, infectocontagiosas, trasplantes y genéticas).

Por ello, ahora se prevé incrementar el catálogo, para que incluya cánceres para mayores de 18 años, como melanoma, carcinoma basocelular, cánceres oral, faríngeo, laríngeo, pulmonar, gástrico, de páncreas, vejiga, renal, de tiroides, endometrial, tres tipos de leucemia, tres tipos de linfomas, meningitis, tuberculosis, sífilis, absceso cerebral, hipertensión arterial pulmonar, aneurisma aórtico, fibrosis quística, catarata y fractura de cadera, entre otros males.

Los estados podrán ceder sus obligaciones de salud

De acuerdo con la ley, el gobierno transferirá recursos para esta tarea a través de acuerdos de coordinación. No obstante, los estados que prefieran no hacerse cargo de estos servicios podrán acordar con el Insabi que este se haga cargo de organizar, operar y supervisar la prestación de servicios.

El gobierno federal transferirá a las entidades los recursos para salud, como se realiza actualmente; en caso de que decidan ceder su obligación, deberán regresar los recursos y, en caso de incumplimiento, se tomarán sus participaciones federales.

Se abrirá un ‘buzón de quejas’

Los beneficiarios podrán presentar quejas ante los servicios estatales de salud y, en su caso, ante el Insabi, por la falta o inadecuada prestación de servicios establecidos, así como por no recibir información de procedimientos, plazos y formas en que se atenderán las quejas y consultas.

Habrá un solo Compendio Nacional

La legislación establece que se deben conjuntar en un Compendio Nacional de Insumos para la Salud las denominaciones de Cuadro Básico de Insumos para el primer nivel de atención médica y del Catálogo de Insumos para el segundo y el tercer nivel.

Adiós al Fondo de Gastos Catastróficos

Se crea un Fondo de Salud para el Bienestar que sustituirá al Fondo de Gastos Catastróficos. El Insabi canalizará al fondo el equivalente a 11% de la suma de los recursos del gobierno federal y de los estados. De estos, el Insabi asignará 8% a la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos, 2% a la atención de necesidades de infraestructura preferente en las entidades federativas con mayor marginación social y 1% para complementar los recursos destinados al abasto y la distribución de medicamentos y demás insumos, así como al acceso a exámenes clínicos asociados a personas sin seguridad social.

Más personas podrán recetar medicamentos

No solo los médicos podrán prescribir medicamentos; también podrán hacerlo los licenciados en Enfermería y médicos homeópatas, quienes podrán recetar medicinas del Compendio Nacional de Insumos para la Salud que determine la Secretaría de Salud.

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