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Discriminación y homicidio, los delitos más denunciados por personas LGBTTTI

Entre 2013 y 2017, integrantes de la población LGBTTTI denunciaron 217 actos de discriminación y 100 homicidios, según un informe especial revelado por la CNDH.
mié 30 octubre 2019 03:09 PM
cndh
El informe fue dado a conocer por el primer visitador, Ismael Eslava Pérez (al centro), en vísperas de que la CNDH tenga un relevo en su presidencia, que hoy tiene Luis Raúl González Pérez.

Los delitos más denunciados por las personas de la población Lésbico, Gay, Bisexual, Travesti, Transgénero, Transexual e Intersexual (LGBTTTI) son la discriminación y el homicidio, reveló este miércoles la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), al presentar su Informe especial sobre la situación de los derechos humanos para este sector.

Según el documento, elaborado a través solicitudes de información sobre acciones, políticas públicas y atención a quejas en agravio de las personas LGBTTTI del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017, dirigidas a 15 autoridades federales y 192 estatales, así como a los 32 organismos locales de Derechos Humanos, la discriminación es el delito con más denuncias, con 217. Le siguen los homicidios, con 100, y en tercer lugar, las lesiones, con 52.

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Durante la presentación del informe, Ismael Eslava Pérez, primer visitador general de la CNDH, destacó que el análisis revela que el mayor número de víctimas de estos delitos son:

  • Gays (251).
  • Lesbianas (61).
  • Transexuales (46).

En tanto, la edad promedio de las víctimas es de 32 años.

Eslava Pérez advirtió de que, de las solicitudes presentadas por la CNDH, solo 18 procuradurías y fiscalías generales de justicia estatales proporcionaron información sobre averiguaciones previas y carpetas de investigación relacionadas con personas LGBTTTI. En su conjunto, según la información entregada al organismo nacional autónomo, sumaron 390 indagatorias ministeriales.

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El visitador señaló que algunas acciones positivas por parte de ciertas autoridades para el respeto de los matrimonios igualitarios han ocurrido en la Secretaría de Marina (Semar) y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Por primera vez, dijo, la Semar registró cinco matrimonios igualitarios para el reconocimiento de prestaciones de seguridad social en las Fuerzas Armadas. Además, atendió el primer caso de un elemento transgénero en el servicio activo.

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Mientras tanto, el IMSS informó que se ciñe a los criterios de la Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN), mediante los cuales se reconoce el acceso al seguro para enfermedades y por maternidad a cónyuges del asegurado, asegurada, pensionada o pensionado, con independencia de si se trata de matrimonios entre personas del mismo o de distinto sexo.

"De manera general, el informe advierte sobre la necesidad de localizar esfuerzos en el cumplimento de derechos humanos para las personas LGBTI y que estos pueden ejercerse plenamente, entre ellos, el derecho a la vida y a la integridad personal, a la igualdad sin discriminación, a la seguridad jurídica, al matrimonio igualitario, a la seguridad social, al reconocimiento legal de la identidad de género, así como a la protección a la salud, entre otros", dijo Eslava Pérez.

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Frente a este panorama sobre los derechos de la población LGBTTTI, el visitador destacó que en el informe se presentaron algunas conclusiones y recomendaciones, por ejemplo:

  • Es indispensable que la legislación se materialice a través del diseño y la implementación de políticas públicas que contemplen medidas de nivelación, medidas de inclusión y acciones afirmativas dirigidas de manera integral a la prevención y eliminación de toda forma de discriminación por motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género.
  • Aún prevalece la carencia de mecanismos e instrumentos para el monitoreo y la evaluación de políticas públicas en favor de las personas LGBTTTI; por ello, se requieren indicadores y métodos de evaluación que permitan medir los resultados de la implantación de programas, políticas y planes por parte de las distintivas autoridades del Estado.
  • Se observa desconocimiento del concepto "acciones afirmativas"; las autoridades que proporcionaron información a la CNDH reportaron distintas actividades que no correspondían a medidas especiales, específicas y de carácter temporal en favor de las personas LGBTTTI, ni tenían como objetivo corregir situaciones patentes de desigualdad en el disfrute o ejercicio de sus derechos y libertades.

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  • Se deben establecer mecanismos específicos para la atención de personas LGBTTTI privadas de la libertad.
  • Se debe erradicar la violencia y discriminación contra las personas trans; se debe garantizar el acceso efectivo a sus derechos humanos a través del reconocimiento legal de su identidad de género, tomando en consideración que la ratificación de los documentos para la concordancia con la identidad de género autopercibida es también un derecho protegido conforme a los estándares internacionales.

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