El ABC de la seguridad social para trabajadoras del hogar
CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico).- El programa piloto que incorpora a las personas trabajadoras del hogar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) arrancó de manera oficial este 31 de marzo.
Este proyecto busca que quienes realicen estos trabajos sean afiliados en igualdad de condiciones que el resto de los trabajadores. Así que si conoces o eres una trabajadora o trabajador del hogar, esto te va a interesar.
Conoce cómo funciona este programa, qué requisitos son necesarios para inscribirte y cómo es que debes tramitarlo.
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¿Quiénes pueden beneficiarse con este programa?
Los beneficiaron serán personas que prestan los servicios de aseo y asistencia en el hogar de una persona o familia, ya sea que trabajen para uno o varios patrones y que vivan o no en su lugar de trabajo y que como labores tengan:
- Limpieza de la casa.
- Cocinar.
- Lavar.
- Planchar la ropa
- Cuidado de niños, adultos mayores o de los miembros enfermos de la familia.
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Ojo: este programa no aplica a personas que presten servicios de aseo, asistencia, atención de clientes, hoteles, casa de asistencia, restaurantes, fondas, bares, hospitales, colegios, internados, ni a porteros o veladores.
¿Con qué beneficios contarán los trabajadoras del hogar?
- Acceso a servicios médicos y hospitalarios.
- Atención obstétrica.
- Derecho a incapacidad.
- Pensión por invalidez y vida.
- Fondo para el retiro.
- Prestaciones sociales como guarderías y velatorios.
Los beneficiarios podrán ser el cónyuge o concubinario, hijos y padres.
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¿Cuáles son los requisitos para inscribirse?
- CURP
- Número de seguridad social (el cual puede obtenerse en las subdelegaciones del IMSS o a través de Internet).
- Comprobante de domicilio.
- Correo electrónico.
- Nombre completo, CURP y domicilio del empleador o empleadores.
¿Cómo darse de alta?
El registro puede hacerse a través de Internet, en donde se hará un cálculo de las cuotas que deberán pagar las trabajadoras del hogar y empleadores y en donde se generarán también los documentos necesarios para hacer el pago de estas cuotas.
Este registro y los pagos deberán realizarse antes del día 20 de cada mes, para que el inicio de la cobertura comience el primer día del mes inmediato siguiente al pago.
Es decir, si una persona trabajadora es afiliada entre el 1 y 20 de abril, el acceso al IMSS será a partir de 1 de mayo.
Una vez hecho esto, deberás darte de alta en la clínica que te corresponde, ya sea de forma presencial o a través de la App y página del IMSS.
El Seguro Social aclara que durante la prueba piloto incorporación es voluntaria. Si se tiene más de un empleador en el formato de inscripción se debes ingresar todos los patrones y los días en los que se labora.
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¿Y si pierdo mi empleo?
En caso de un despido, si ocurre dentro de los treinta días siguientes a la iniciación del servicio, no existe ninguna responsabilidad para el patrón. En cualquier otro tiempo, "sin necesidad de comprobar la causa", se debe pagar la indemnización que corresponda en términos de la Ley Federal del Trabajo.
Si se trata de una renuncia, se puede dar por terminada en cualquier tiempo la relación de trabajo, y por ley se tiene que dar aviso al empleador con ocho días de anticipación.