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En estos casos se puede destituir a un presidente municipal o alcalde

La ley establece diversos lineamientos que se deben de cumplir en caso de que los ciudadanos exijan la destitución de algún delegado o alcalde.
mar 21 febrero 2023 04:19 PM
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La ley establece diversos lineamientos para determinar quienes y por qué se pueden destituir a autoridades.

Debido a que el orden se salió de control el pasado fin de semana en el carnaval de Tepoztlán, en Morelos, donde se registraron riñas y una mujer resultó herida con un arma blanca, el comité organizador solicitó la destitución del alcalde David Demesa Barragán.

Durante la noche del sábado, además de las riñas, se detuvo a personas involucradas en robo a comercios y carteristas, por lo que derivado de esta situación, los grupos de comparsas anunciaron que ya no iban a participar en la Plaza Cívica para llevar a cabo el tradicional Brinco del Chinelo, ante la falta de condiciones de seguridad en el Centro de este Pueblo Mágico.

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Ante este caso, surge la pregunta de si por esta situación se puede solicitar la destitución del alcalde de este municipio morelense y cuál sería la ruta jurídica para hacerlo.

¿Cómo y por qué se puede destituir a un alcalde?

Las leyes estatales establecen los delitos por los que las autoridades pueden ser destituidas de su cargo, además de que también está establecido en la Constitución mexicana.

Debido a que la base democrática de la República Mexicana está organizada en municipios, se establece en el artículo 115 Constitucional que tanto el presidente municipal como los síndicos serán electos después de una elección popular directa.

“Las legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga, siempre y cuando sus miembros hayan tenido oportunidad suficiente para rendir las pruebas y hacerlos (sic) alegatos que a su juicio convengan”, detalla al referirse a la revocación de mandato de integrantes del municipio.

Caso en Morelos

El 15 de octubre de 2018, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó como violatorio una solicitud para remover de su cargo al entonces presidente municipal de Cuernavaca, Morelos.

“Agrega que el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Morelos carece de facultades para destituir de su cargo a un servidor público de elección popular, ya que la facultad de suspender o revocar, conforme al artículo 115 constitucional, corresponde en exclusiva al Congreso local”.

“... puesto que el artículo constitucional prevé la suspensión o revocación de mandato de alguno de los miembros del ayuntamiento únicamente por causa grave prevista en la ley local y por la aprobación de las dos terceras partes de los integrantes Congreso local”, detalla la resolución.

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¿Cómo se puede solicitar la revocación de alcaldes en la CDMX?

Recientemente, los habitantes de las alcaldías de Xochimilco, Benito Juárez y Miguel Hidalgo se están organizando para juntar las casi 40,000 firmas necesarias que solicita el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) para iniciar el proceso de revocación de mandato de los alcaldes.

Lo anterior, debido a las recientes acusaciones de corrupción inmobiliaria, baja inversión en infraestructura y turismo, (en el caso de Xochimilco), entre otras acusaciones.

La revocación de mandato se establece en el artículo 61 de la ley de Participación Ciudadana.

“Es un mecanismo de democracia directa mediante el cual la ciudadanía decide que una persona representante de elección popular termine o no de forma anticipada el ejercicio del cargo para el cual fue electa”, se detalla en el documento.

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