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El Tribunal Electoral confirma la candidatura de Alfonso Durazo en Sonora

Los magistrados validaron el convenio de candidatura que establecieron Morena, PT, PVEM y Nueva Alianza, que había sido impugnado por el PRD.
mié 07 abril 2021 02:49 PM
El morenista Alfonso Durazo se adelanta en las encuestas para la gubernatura de Sonora
El 5 de marzo pasado, Alfonso Durazo, exsecretario de Seguridad Pública, arrancó su campaña rumbo a la elección por la gubernatura de Sonora.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el convenio de candidatura en favor de Alfonso Durazo como abanderado de los partidos Morena, PT, PVEM y Nueva Alianza a la gubernatura de Sonora.

En sesión pública virtual este miércoles, los magistrados consideraron que no hubo una indebida interpretación de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Sonora por parte del Tribunal Electoral local, como acusó el PRD.

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Por unanimidad, la Sala Superior del TEPJF confirmó la resolución del Tribunal Electoral local que avaló el registro del convenio de candidatura común.

El 16 de febrero pasado, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Sonora publicó el aval al registro.

El PRD lo impugnó ante el Tribunal Electoral local y argumentó que Nueva Alianza se encontraba impedido para participar, por ser un partido de nueva creación.

Al respecto, el Tribunal Electoral local consideró que, aun cuando un partido pierde su registro nacional, puede optar por obtenerlo en las entidades federativas donde acredite fuerza electoral. A Nueva Alianza Sonora se le otorgó el 18 de diciembre de 2018.

Además, según se argumentó, Nueva Alianza participó en el proceso electoral 2017-2018, por lo que no se le puede considerar como un partido nuevo y tiene derecho a participar en el proceso 2020-2021, pues de lo contrario se vulneraría el principio de equidad en la contienda.

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El PRD impugnó este fallo y acusó que el Tribunal Electoral local hizo una incorrecta interpretación de la Ley General de Partidos Políticos y de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Sonora. También alegó que es aplicable la restricción porque Nueva Alianza no tiene acreditada su fuerza electoral.

Sin embargo, los magistrados de la Sala Superior concluyeron que no hubo indebida interpretación del Tribunal Electoral local, además de que a Nueva Alianza no le resulta aplicable la restricción pues está en una situación particular, en la que se encuentran los partidos que pierden registro nacional pero lo obtienen a nivel local.

Sí consideraron que el Tribunal Estatal local debió analizar si Nueva Alianza tiene la fuerza suficiente en el estado, pues en el proceso 2017-2018 participó bajo las figuras de coalición y candidatura común para postular candidatos, de ahí que no se pueda demostrar que tuviera la fuerza suficiente en lo individual.

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