Con el dictamen aprobado, estos son los puntos que se establecerán para el presupuesto a partidos políticos en el estado de Veracruz:
1. El financiamiento público para sostener actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente para los partidos locales en los términos establecidos por la Ley General de Partidos Políticos.
2. Para los partidos políticos nacionales, el financiamiento se calculará multiplicando el número total de personas inscritas en el padrón electoral del estado -con corte de julio de cada año- por el 32.5% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
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3. El 30% del monto que resulte se distribuirá de forma igualitaria y el 60% restante se distribuirá de acuerdo con el porcentaje de votos que obtengan en la elección de diputados.
4. El financiamiento público por actividades específicas equivaldrá al 3% del monto total del financiamiento público para actividades ordinarias de ese mismo año. El monto total será distribuido en forma igualitaria entre los partidos políticos.
5. El financiamiento público para campañas durante el año de la elección a la gubernatura, diputaciones y ayuntamientos, equivaldrá al 50% del financiamiento público para actividades ordinarias de cada partido en ese mismo año; cuando sean elecciones de diputaciones y ayuntamientos, equivaldrá al 30%. La distribución será igualitaria entre las candidaturas, por tipo de elección y ciudadanos inscritos en padrón electoral.