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¿Qué hay de Samuel García y las polémicas playeras que usó en campaña?

El TEPJF consideró que el candidato al senado por Nuevo León pudo haber obtenido beneficios económicos para sus campañas en la utilización de las marcas de las playeras.
lun 20 agosto 2018 11:07 AM
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Las playeras La madrugada de este lunes el TEPJF de terminó que el uso de estas playeras pudieron haber sido utilizados como propaganda electoral por el uso de marcas que éstas portan.

CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico) - La madrugada de este domingo, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) puso bajo la lupa el uso de playeras de la Selección Mexicana de futbol y del equipo Tigres por parte del candidato electo al senado de Nuevo León, Samuel García.

Durante campañas, García usó en varios ocasiones estas playeras, motivo por el que los partidos Verde Ecologista de México (PVEM), Revolucionario Institucional (PRI) y Morena, así como su contendiente por Morena, Álvaro Suárez Garza, impugnaron la elección donde García resultó ganador.

Los argumentos dados para impugnar la elección del candidato de Movimiento Ciudadano fueron que cometió varias irregularidades en la recepción de la votación y el rebase de tope de gastos de campaña, lo que, a su juicio, debería llevar a la nulidad de la elección.

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¿Y que hubo de malo en usar las playeras?

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El argumento que Suárez Garza dio para impugnar esta elección fue el supuesto uso ilegal de las marcas y la omisión de reportar gastos de campaña.

El uso ilegal de las marcas consistió, entre otros elementos, en haber realizado modificaciones de las playeras deportivas del equipo de fútbol Tigres, agregando el logo, eslogan y “hashtag” de la campaña, así como el nombre y cargo de candidato.

Con esto, argumentaron los actores, el uniforme deportivo, junto con las imágenes que se publicaron en las redes sociales, lo que pasó a ser un elemento más de propaganda electoral, que aprovechó empatía de la población con los equipos.

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Además, también se reportó el aprovechamiento de otras marcas, como “Star Wars”, “The Home Depot”, “Tecate”, “AFIRME”, “Telcel”, “Coca-Cola” y “Adidas”.

Así, en sesión pública, el TEPJF acreditó irregularidades cometidas por los candidatos al Senado por Nuevo León y ordenó al Instituto Nacional Electoral emitir una nueva resolución y, por ende, actualizar el gasto de campaña en los dictámenes de fiscalización por el uso ilegal de marcas.

¿Ahora qué sigue?

El TEPJF concluyó que en efecto el candidatos al Senado, postulado por MC y PAN, aprovechó indebidamente las marcas comerciales, y de diversos bienes regulados por derechos de autor y propiedad intelectual, al vincularlos con la propaganda electoral de su candidatura y "generar la percepción de afinidad o autoidentificación de los titulares o propietarios con sus ideas". De acuerdo con el Tribunal, esto representó a las campañas electorales de los candidatos un beneficio económico susceptible de cuantificarse y sumarse al tope de gastos respectivo.

La Sala Superior ordenó al Consejo General del INE que, dentro del plazo de cinco días naturales emita una nueva resolución y modifique el dictamen para que incluya, la cuantificación del beneficio por haber usado las marcas de manera ilegal y para ello, deberá tomarse en cuenta la difusión de la propaganda, el uso de redes sociales y el posicionamiento que tienen las cuentas.

... Y TEPJF confirma a Zepeda como senador

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría otorgadas a Delfina Gómez Álvarez e Higinio Martínez Miranda de la coalición “Juntos Haremos Historia” y a Juan Manuel Zepeda Hernández, de la coalición “México al Frente”.

Los magistrados establecieron que se carecen de elementos que lleven a concluir que Zepeda rebasó el tope de gastos de campaña, como lo alegaba el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la impugnación de la elección que presentó.

El tricolor denunció que Zepeda rebasó el tope de gastos de campaña en un 6.24%, derivado de la omisión de reportar ante la autoridad electoral gastos por concepto de publicidad en eventos, anuncios espectaculares, mantas, utilitarios, lonas y redes sociales, entre otros, por lo que solicitó que se declarara la nulidad de la referida elección.

Sin embargo, el Pleno de la Sala Superior determinó que, en el caso, no se cuenta con elementos que permitieran acreditar el supuesto rebase de tope de gastos por parte de Zepeda y confirmó la validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de senador por primera minoría por el Estado de México a favor de Juan Manuel Zepeda Hernández.

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Nuevo León TEPJF Movimiento Ciudadano Elecciones 2018

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