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El INE avala protocolo contra riesgos en "focos rojos" de la elección judicial

El organismo recibirá información de las autoridades para la toma de decisiones; también ubicará situaciones de riesgo y las reportará, pero sólo a oficinas centrales del INE.
lun 10 febrero 2025 05:16 PM
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El objetivo es que el INE y sus órganos brinden información y trabajen para evitar poner en peligro a trabajadores, funcionarios electorales o candidatos durante el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó un “Protocolo para prevenir factores de riesgo” para la elección judicial, en el que se estableció que ese organismo podrá ser convocado y tener un asiento en las mesas de coordinación para la construcción de la paz y seguridad a nivel federal y local.

El objetivo es que el INE y sus órganos brinden información y trabajen para evitar poner en peligro a trabajadores, funcionarios electorales o candidatos durante el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación (PEEPJF) 2024-2025.

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En diciembre, al resolver dos peticiones de personas juzgadoras que promovieron un juicio ciudadano ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), este organismo ordenó al INE elaborar un protocolo aplicable para la elección judicial y para prevenir los factores de riesgo.

En sesión del consejo general, el Instituto lo aprobó, pero dado que no es de su competencia garantizar la seguridad pública, requirió de las autoridades responsables que brinden información al órgano nacional y a los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs) para la toma de decisiones en la preparación de la elección, la realización de las campañas y las tareas de campo.

Sin embargo, también las Juntas Ejecutivas Locales del INE en las 32 entidades reunirán y también aportarán información, en este caso a las oficinas centrales del Instituto, “sobre los hechos, actos o incidentes que se desarrollen en la zona donde se suscite o pueda desarrollarse una situación de conflicto y ponga en riesgo alguna etapa (del proceso).

Las actividades que requieren de esos datos serán, entre otras, las de capacitación, fiscalización, ubicación de casillas, distribución de documentación de papelería electoral; además de los mecanismos de recolección de paquetería electoral.

Ubicación de focos rojos

Ee determinó que el INE o los OPLEs podrán solicitar a las autoridades de gobierno o competentes en materia de seguridad información referente a las entidades o los municipios que, por diferentes causas, “representaron, representan o podrían representar situaciones de riesgo durante todas las etapas del PEEPJF 2024-2025 y concurrentes”.

Además, deberán contar con recomendaciones para que en su caso se tomen las medidas idóneas.

Asimismo, podrán ser convocados a las mesas de coordinación y tendrán voz para deliberar respecto a los asuntos de su competencia “y participar en la adopción de acuerdos y compromisos”.

Incluso podrán proponer temas a quien coordine la mesa, dar seguimiento, atender los acuerdos tomados en las reuniones y mantener informada a la Secretaría Ejecutiva del INE de las acciones aplicadas para el desarrollo del proceso.

Las mesas de coordinación que consideren que, "en su ámbito jurisdiccional cuentan con factores de riesgo o violencia”, que puedan aumentar la probabilidad de afectar el adecuado desarrollo del proceso o bien, “que se considere una amenaza o que vulnere alguno de los principios rectores del Instituto”, deberán aplicar medidas y recomendaciones.

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Respecto al tipo de datos que les deberán ser compartidos a las autoridades electorales, el protocolo señala que son de tres tipos:

El primero es la existencia de problemáticas de inseguridad: “La violencia o delincuencia grave, en los casos que estas condiciones impidan o afecten la realización de los trabajos en campo necesarios”.

El segundo son problemáticas sociales: “Situaciones de tensión o conflicto entre distintos grupos sociales que se localicen en un territorio en específico e impidan o afecten la realización de los trabajos en campo necesarios”.

Por último deberán ubicarse y compartirse información sobre “problemas con la presencia de crimen organizado: situaciones de tensión o conflicto entre distintos grupos delictivos que se localicen en un territorio en específico e impidan o afecten la realización de los trabajos en campo”.

Además se establece la necesidad de que la mesa de coordinación respectiva clasifique en tres niveles los riesgos.

El “nivel 1” consiste en la mera identificación de zonas, distritos o municipios que se encuentren en una condición “latente a complicarse o a reactivarse, en caso de haber tenido antecedente de problemática”.

El “nivel 2” será el de mediación y se concretará en los lugares “en donde exista una complicación que podría resolverse” con la participación de alguna de las autoridades que integren las mesas.

En un “nivel e” será de intervención y se aplicará en las zonas, distritos o municipios donde la problemática requiera de la actuación “inmediata y coordinada entre las autoridades del Estado y/o de seguridad pública correspondientes”.

El INE pasará reportes

De acuerdo con el documento, habría al menos 27 actividades en campo que, por su naturaleza, pueden ser susceptibles de presentar alguna situación de riesgo para su desarrollo.

Estas se ubican dentro de tareas como ubicación de casillas seccionales, mesas directivas de casillas seccionales y capacitación electoral; actividades registrales (credencialización); campañas; documentación electoral, distribución y fiscalización.

En ese tipo de labores el INE detectará situaciones riesgosas y también proporcionará información, pero sólo a sus oficinas centrales y básicamente se buscará la ubicación de hechos concretos, no análisis como el caso de las autoridades de seguridad.

Así, deberá reportar: entidad; fecha y hora del suceso; tipo de conflicto y clasificación de la situación de riesgo en ese momento; descripción precisa del suceso (circunstancias de modo; tiempo, lugar y, en su caso, autoridad que intervino).

Además deberá informar si se cuenta con evidencia documental o grafica; la autoridad que hace el reporte y observaciones.

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