¿En qué consiste la fórmula Zavala para determinar pluris?
El miércoles, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE acordó, tras revisar la afiliación efectiva de candidatos ganadores y verificar que por sí solo un partido no excediera 300 diputados federales por ambos principios, que ninguno se sobrepasara el límite de 8% la votación obtenida.
Con esos dos requisitos previstos en la Constitución acordó que a Morena tocarían 236 diputados en total, 77 al PVEM y 51 al Partido del Trabajo (PT), por lo que sumarían 364.
Sin embargo la propuesta de la consejera Zavala consiste, básicamente, en ir a la aplicación literal y matemática de las disposiciones constitucionales.
De acuerdo a su escrito su propuesta es “una traducción aritmética" de lo que establece literalmente la Constitución y el acuerdo del INE emitido en diciembre para la asignación de pluris. Y consiste el que se obtenga el 8% de límite de sobrerrepresentación no con relación a la votación nacional emitida por el conjunto de los partidos, sino de la votación nacional alcanzada por cada fuerza política.
Hasta ahora el método ha sido, a la Votación Nacional Efectiva (VNE) obtenida por los partidos (restados votos de partidos que no alcanzaron el 3%, votos nulos y votos por candidatos independientes) sumarle 8 % y con ello concluir el máximo de curules que puede tener en la Cámara de Diputados.
“Esto es relevante, si se tiene en cuenta que porcentajes y números enteros no son cifras compatibles”, establece en su escrito. Es decir, para establecer el 8% de sobrerrepresentación permitida por la Constitución, hoy a los números enteros de votos obtenidos se suma un 8%.
Hoy -explica- sumar 8% a la votación de cada partido, en los hechos se traduce a sumar 48%, (8 por cada uno de los seis partidos) equivalentes a 26.7 millones de votos, votos que por cierto nadie depositó en las urnas.
Ese criterio es el que permitiría que un partido que obtuvo 8% de votos tenga el doble, 16%. Si se aplica a Morena, haría que el 43.59% de su votación arroje que deba tener 51.59% de la Cámara, que se traduce en 257 curules
Si en cambio se obtiene el 8% de límite de sobrerrepresentación no con relación a la votación nacional emitida por el conjunto de los partidos, sino de la votación nacional de cada fuerza política, eso arrojaría que a los 43.59 % de votos de Morena no se sume 8% sino sólo 3.48% lo que da 47% que representan sólo 235 diputados.
La fórmula que propone es obtener el 8% de la VNE, obtenida por cada partido en la elección y establecer esa como la cifra tope de diputados a alcanzar en la distribución de plurinominales.
Eso evita una “distorsión, produciendo un reparto de curules más proporcional a la fuerza electoral de cada partido político, lo que resulta más compatible con los fines que persigue ese límite de sobrerrepresentación”.
En su explicación, Zavala Pérez detalla el ejemplo de Movimiento Ciudadano, al ser el único que contendió de manera individual.
“De sus 6,495,521 votos se obtiene el porcentaje correspondiente a su votación nacional emitida, lo que nos da un resultado de su porcentaje de votación nacional emitida” y de ello resulta la cifra de 0.9331%.
Ese resultado se debe sumar a su votación nacional emitida original obteniendo un resultado de 12.5972%, porcentaje sobre el cual se determinará su límite máximo de curules respecto del total de la Cámara”. El resultado de ese 12.59 % arroja que las diputaciones a asignar a MC es de 62 curules.
“Esto, traducido en votos, implica que Movimiento Ciudadano puede sobrerrepresentarse hasta en 519,642 votos, lo que equivale a hasta 4 curules más, respecto a su porcentaje de votación nacional emitida, que claramente se corresponde con el tope máximo de 8% adicional de sus votos obtenidos en las urnas”.
Con esa fórmula se concluye el límite de curules de cada partido conforme a su porcentaje de votación, más el tope máximo de 8%, y se revisará si se excede considerando la afiliación efectiva (diputados que fueron siglados por un partido pero militan en otro).
Con esa revisión, el PVEM y Morena excederían el tope de 8%, el primero en 10 curules, Morena en 34 y el PT en 15, mismos que se les deducirían.
“Por lo que se les deberá asignar 8 y 53 diputaciones por representación proporcional, respectivamente. En el caso del Partido del Trabajo no se le asignarían diputaciones por representación proporcional, toda vez que, con sus triunfos por mayoría relativa excede en 3 curules el límite constitucional del 8%, al estar sobrerrepresentado en 9.67%, conforme al límite de su VNE”.
Zavala admite en su escrito que esa no es la fórmula que se ha aplicado hasta ahora pero es congruente considerar porcentaje de votos con porcentaje de sobrerrepresentación.
Además refiere que tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) han emitido diversos precedentes “de los que se desprende el deber de las autoridades electorales de interpretar las normas en esta materia”.
“Al advertirse que en esta ocasión la aplicación de la fórmula genera distorsiones no antes vistas, que vulneran de forma grave derechos humanos de los votantes al evidenciar una desigualdad del voto al momento de asignar las curules de representación proporcional, que a su vez impactan en una disminución en los principios de proporcionalidad, pluralismo, surge la obligación de este Consejo General para pronunciarse sobre el tema”, considera.
Ante afectaciones evidentes al derecho al sufragio se le obliga a intervenir a fin de salvaguardarlo y garantizarlo conforme a los estándares constitucionales e internacionales de protección bajo el principio de progresividad de los derechos humanos, expone.