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¿Por qué Xóchitl Gálvez no se va a “juicio madre” vs. la elección presidencial?

El Tribunal Electoral se encuentra en etapa de recepción de impugnaciones y la excandidata presidencial Xóchitl Gálvez ya ingresó un recurso, que es personal e independiente al de los partidos.
jue 13 junio 2024 06:31 PM
Xochitl Gálvez
Xóchilt Gálvez impugna la elección pero con el objetivo de que se sancione al presidente.

El Partido Acción Nacional (PAN) y la aún candidata presidencial opositora Xóchitl Gálvez recurrieron a estrategias diferenciadas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ante el que la senadora no pedirá que se anule la elección presidencial que puso a Claudia Sheinbaum como ganadora y virtual presidenta del país.

La legisladora estableció que ella promoverá un Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales (JDC) para denunciar la conducta indebida que tuvo el presidente Andrés Manuel López Obrador en la elección, con ataques en su contra y uso de la estructura de la Secretaría del Bienestar; pero debido al carácter de ese recurso jurídico éste no podrá tener como resultado la anulación del proceso.

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Gálvez Ruiz declaró ayer al diario Reforma que está consciente de que los votos obtenidos por Sheinbaum, casi 19 millones de sufragios más que ella, hacen que el proceso no pueda ser anulado, por lo que optó por recurrir a un JDC.

“Obviamente, el Tribunal no va a anular la elección, porque la diferencia de votos es tremenda, pero este JDC se podría utilizar en elecciones pegadas (en votos entre primero y segundo lugar)… estaría esperando una especie de amonestación al presidente, clara y contundente, por parte del Tribunal”.

Este jueves, en entrevista con la periodista Carmen Aristegui, la ex abanderada a la presidencia explicó que su idea al acudir al TEPJF, pero vía un juicio ciudadano, es lograr que la consecuencia sea, al menos, que se amoneste al presidente Andrés Manuel López Obrador.

“Estoy impugnando en el Tribunal, sí. ¿Qué estoy impugnando? No la anulación de la elección porque tampoco pretendo que se anule, pero si una amonestación contundente al presidente para que esto no se vuelva a repetir… (en 2006) A Fox por menos lo sancionaron, hubo una amonestación en el dictamen de calificación de la elección (de Felipe Calderón)”, recordó en esa entrevista.

El martes 4 de junio, el segundo día después de la elección, Gálvez Ruiz publicó en sus redes sociales un video en el que declaró el inicio de “la resistencia”, proceso en el que la Coalición Fuerza y Corazón por México buscaría que se limpiara la elección y dijo que acompañaría y defendería los triunfos de los candidatos de la coalición.

Se denunciará –dijo– “la clarísima intervención del presidente en el proceso electoral, por el evidente uso de recursos públicos en las campañas de Morena, el alto nivel de violencia y la intervención del crimen organizado. Las acciones legales y electorales que hemos iniciado tienen como propósito que se clarifique el voto de todos los mexicanos y que se evidencie todo lo que ocurrió en las elecciones… México no merece otra elección con la intervención del Estado y del crimen organizado”.

La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME), establece siete diferentes recursos jurídicos en materia electoral.

En este caso el JDC –como el de Gálvez Ruiz–es un recurso que permite a los ciudadanos demandar que se protejan sus derechos político-electorales y les sean restituidos.

Estos derechos son, por ejemplo, a votar y ser votado; participar en igualdad de condiciones en contiendas internas o elecciones constitucionales; afiliarse libremente, acceder a candidaturas, a cargos públicos y ejercer esos cargos, entre otros.

Sin embargo, ese tipo de juicio procede cuando el impugnante ya agotó todas las instancias para solucionar el conflicto. Por ejemplo, cuando ya acudió a los órganos partidistas en caso de candidaturas.

PAN sí va por anulación

Caso contrario es el de Acción Nacional (PAN), cuyo líder nacional, Marko Cortés, ha insistido, pese a la contundencia de los votos obtenidos por Sheinbaum, en que no pueden dejar de impugnar, Incluso, aunque el TEPJF no vaya a anular el proceso, pues debe quedar constancia de que hubo una elección de Estado.

“Si no se atrevieron a anular la conferencia mañanera a pesar de la reincidencia, lo veo muy difícil… (pero) es nuestro deber no dejar pasar una elección de Estado, sino lo hacemos es como consentirlo, y eso no va a ocurrir”, declaró.

Enfrentamos, dijo el 5 de junio, “una elección de Estado que nunca fue equitativa y no es legitima porque nunca garantizó piso parejo, árbitro electoral, (por eso) es nuestro deber impugnarla”.

En esa misma ruta, la representación del PAN ante el Instituto Nacional Electoral (INE), a cargo de Víctor Hugo Sondón, estableció que con sus recursos ante el TEPJF se buscará que se anule la elección presidencial.

La estructura del gobierno federal encabezó los actos “sistematizados, continuos y permanentes” para intervenir en el proceso, por lo que hubo injerencia desde un inicio.

Para acreditarlo se presentarán como elementos de prueba las sentencias emitidas por el mismo TEPJF en la que se demostró la intervención indebida en la elección y desde las mañaneras presidenciales, cómo el INE emitió más de 50 medidas cautelares en las que se pidió cesara esa conducta y luego tuvo que promover un incidente de inejecución de sentencia para dejar en claro que el mandatario desacató las órdenes del Tribunal.

Se sumarán las evidencias de que los servidores de la Nación participaron como operadores territoriales de Morena con cargo a la Secretaría del Bienestar, y, de acuerdo al líder nacional Cortés Mendoza, evidencias de cómo el crimen organizado operó en la elección con asesinatos de candidatos y amedrentamiento.

El recurso será “una impugnación genérica con un conjunto de elementos que acreditarían que hubo una operación de Estado en la elección.

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¿Qué es el “recurso madre” contra la elección presidencial?

Es la impugnación general que contiene los distintos elementos que, de acuerdo al PAN, evidenciarían que hubo violación generalizada de las reglas de equidad en la contienda y que esto fue determinante en los resultados de la elección.

Se conoce como impugnación o recurso “madre”, pues contendría alegatos generales que, en conjunto con impugnaciones particulares en distritos, buscan conducir a un escenario de nulidad.

La Ley General del Sistema de Medios de Impugnación establece que para defender la constitucionalidad y legalidad de los resultados de las elecciones de presidente, senadores y diputados federales procede un tipo específico de recurso, llamado Juicio de Inconformidad (JIN).

Pueden interponer ese tipo de impugnación partidos políticos, y en algunos casos los candidatos, con el fin de controvertir los resultados de las elecciones federales en casos de error aritmético, nulidad de casillas, nulidad de elección o por inelegibilidad de candidatos.

En este tipo de recursos, explicó en entrevista el magistrado del TEPJF Felipe de la Mata Pizaña, la única instancia para resolver es la Sala Superior del Tribunal. Y el plazo para resolver y declarar presidencia electa es el 6 de septiembre, recordó.

Para darle un nombre “periodístico” el JIN sobre la elección presidencial es conocido como “recurso madre” pues, explicó, los magistrados, al resolver sobre la calificación de la elección presidencial suelen tomar en cuenta los “JINES” donde, en su caso, se anularon votos o se pidió la anulación en distritos, para considerarlos en la resolución final.

“Hay dos tipos de JINES que se van a presentar. El que tiene que ver con nulidad de casillas en distritos, que ese es el que está llegando. De repente en alguno de estos JINES llega a haber algún argumento de validez de la elección, pero no es lo común”.

Por ahora se alega que la casilla no estuvo bien integrada o que había errores. Aparte está el “JIN que normalmente en temas periodísticos se llama el ´juicio madre. ¿Por qué se llama así? Porque es como una especie de un juicio acumulante. Es decir, es el juicio de nulidad de la elección, ya no de las casillas, sino de nulidad de la elección”.

Cuando se resuelve, expuso De la Mata, “lo que hace es atraer los argumentos que se encuentren en los juicios (JIN) que se encuentren en cada uno de los distritos (y) que tengan que ver con nulidad, porque de repente si llegan a tenerlo”.

El TEPJF resolverá este recurso o impugnación madre a más tardar el seis de septiembre.

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