Un magistrado, un consultor político y un representante partidista recalcan que las denuncias que se presenten ante las autoridades electorales en este 2024 en materia de actos anticipados de campaña, recursos públicos e inequidad en la contienda, entre otros, deberán contar con un sustento jurídico legal y con las pruebas requeridas para poder prosperar.
En el actual proceso, políticos han presentado denuncias y quejas contra adversarios, incluido el presidente Andrés Manuel López Obrador... pero les ha faltado demostrar.
El magistrado Felipe Fuentes Barrera aclara que los partidos o los actores políticos que presentan un juicio tienen la obligación de probar.
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“Reza un apotegma jurídico: ‘el que afirma está obligado a probar’, y eso aplica aquí en los medios de impugnación”, señala.
El consultor político Fernando Dworak cuestiona que la lucha de los partidos políticos se centre más en la presentación de denuncias como recurso para tratar incluso de anular una elección, en lugar de presentar nuevas propuestas.
“¿Qué tanto las cosas funcionan por marrullería, en lugar de competitividad? Ese, es el gran pendiente que nos deben los partidos políticos en un nuevo discurso sobre la reforma electoral”, destaca.
Mientras que el representante del PAN ante el Consejo General del INE, Víctor Hugo Sondón, aclara que el bloque opositor cuenta con un equipo de especialistas y abogados con experiencia; “no son nuevos”, acota.
“En este proceso electoral, armamos cuerpo de asesores en la materia, especialistas en derecho electoral que no son nuevos, tienen experiencia”, añade en entrevista por separado.
Caso Notimex
El caso Notimex es un ejemplo claro de “falta de pruebas”, pues la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó la solicitud que presentó el PRD para que se investiguen los presuntos “moches” a la campaña de Claudia Sheinbaum, según denunció la exdirectora de la Agencia de Noticias del Estado Mexicano, Sanjuana Martínez, pues no había elementos para indagar esas acusaciones.
Martínez denunció que el secretario del Trabajo, Marath Bolaños, y el director Jurídico de Notimex, José Luis Sánchez Cuazitl, le requirieron un 20% de las liquidaciones de los trabajadores de Notimex para destinarlo a la campaña de la morenista.
Los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes Barrera votaron a favor del proyecto de éste último, mientras que sus pares, Reyes Rodríguez y Janine Otálora, estimaron que debía revocarse la queja sobre los “moches”.
En un análisis preliminar se determinó que la denuncia presentada por el sol azteca, no constituía una transgresión en materia política electoral y que se trataba de una denuncia evidentemente “frívola”.
Lo anterior, en virtud de que la queja se sustentó en notas periodísticas y en una publicación en la red social X, sin aportar mayores elementos de prueba “de los que se pudiera advertir la veracidad de los hechos denunciados”.
“Con independencia de que la responsable (INE) consideró que el denunciante (PRD) incumplió con la carga probatoria mínima para que la queja pudiera ser admitida, el recurrente no señala cuál o cuáles diligencias hubieran permitido arrojar los mínimos indicios de la posible actualización de los hechos motivo de la denuncia. En consecuencia, en el proyecto se propone confirmar el acuerdo recurrido”, indicó el proyecto que fue aprobado por mayoría de votos.
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Quien acusa, está obligado a probar
El magistrado de la Sala Superior, Felipe Fuentes Barrera, al ser consultado sobre la responsabilidad que tienen partidos y actores de acompañar sus denuncias con pruebas explicó:
“Sí, efectivamente, los partidos políticos o los actores políticos que presentan un juicio tienen la obligación de probar.
“Reza un apotegma jurídico: ‘el que afirma está obligado a probar’, y eso aplica aquí en los medios de impugnación. No se le ha dado mayor posibilidad al Tribunal (Electoral) de actuar, más que para las diligencias para mejor proveer, pero creo que necesitamos una reforma en materia de medios de impugnación, en materia electoral”, sugiere.
Fuentes considera que en el organismo jurisdiccional “estamos muy rezagados” y que se tiene que avanzar en materia de amparos; “se permite la suplencia a la queja en casi todos los casos, se permite la posibilidad de actuar en mayor medida al juez de amparo que al juez electoral”.
Estima además que en proceso electoral, los actores políticos pueden acudir a la instancia jurisdiccional con la demanda correspondiente, pero también con las pruebas correspondientes.
“Acuérdense que somos un tribunal, que tiene que resolver conforme a pruebas, conforme a hechos y conforme a razones jurídicas. Entonces, el compromiso es garantizar elecciones auténticas y libres, y que se resuelvan todos los asuntos apegados a la Constitución y a la ley y cumpliendo los principios en materia electoral”, anota al ser consultado sobre una posible injerencia del crimen organizado en los comicios federales en marcha.
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Buscar la anulación sin pruebas, es una estrategia fallida
“La oposición no debe centrar su estrategia en presentar denuncias para, eventualmente, solicitar la anulación de la elección por intromisión del presidente (Andrés Manuel López Obrador)”, detalla el experto en temas legislativos Dworak.
Resalta que la autoridad electoral (consejeros y magistrados) ha hecho su tarea, e incluso el Tribunal Electoral ha llamado al presidente Andrés Manuel López Obrador para que ajuste su conducta a las leyes electorales.
En 2006 y en 2010, la Sala Superior resolvió que los entonces presidentes Vicente Fox y Felipe Calderón intervinieron en los comicios realizados en esos años, pero por ley no pudieron ser sancionados ni se les pudo llamar a cuentas.
Actualmente los presidentes siguen sin poder ser sancionados, aunque la evolución de criterios legales en esta materia permitió que en el 2021 el presidente López Obrador fuera el primer mandatario a quien el TEPJF —en sus 25 años de existencia— pudo ordenar que se apegara a las reglas para no vulnerar la equidad en las contiendas.
Esto se debió a que la Sala Regional Especializada del TEPJF determinó que el Ejecutivo Federal cometió infracciones al difundir propaganda gubernamental personalizada en periodo prohibido e incurrir en uso indebido de recursos públicos. La Sala Especializada llegó a esa conclusión tras analizar quejas por el evento al que convocó por los primeros 100 días de su tercer año de gobierno, el 30 de marzo de ese año en Palacio Nacional.
- ¿Qué debe hacer la oposición para presentar sus pruebas por intromisión del presidente en el proceso electoral en marcha?
- Si estamos hablando de un tema donde el presidente es el estándar de lo bueno y malo, de lo que hace bien o debe hacer…un escenario hipotético donde la oposición quiera anular la elección a través de ese recurso (por intromisión), es tratar de apagar el fuego con gasolina.
Dworak considera que ese es uno de esos grandes temas que se deben revisar en las leyes electorales, porque la oposición puede presentar mil denuncias, pero si no presenta las pruebas, de nada le van a servir.
“Si ellos quieren hacer una competencia entre buenos y malos, no tendrán sustento las denuncias”, añade el experto en temas electorales.
- ¿Qué tan válida es la estrategia de presentar denuncias, sin los argumentos jurídicos o pruebas?
- No es muy buena, es algo que puede resultar desfavorable. Creo que la oposición no debe centrar su estrategia en oponerse a una persona, en este caso a AMLO, sin presentar propuestas nuevas a la ciudadanía.
“Ese es el gran reto. ¿qué han aprendido de 2018 (cuando AMLO ganó la elección)? ¿qué han hecho para relanzar un discurso democrático? Muy poco y se han dedicado más bien a reaccionar a una persona y a bailar según el son que les han tocado a lo largo de seis años y estamos en un escenario de verdad, muy triste”.
Recursos siempre se presentan con responsabilidad
El representante partidista ante la llamada “mesa de la herradura”, Víctor Hugo Sondón, resalta que en el panismo “siempre hemos actuado con responsabilidad”.
Es decir, añade, para este proceso electoral, “armamos” un cuerpo de asesores en la materia, especialistas en derecho electoral que no son nuevos, que tienen experiencia.
“Finalmente, nosotros lo que hacemos es presentar la denuncia de lo que vemos que está incorrecto. Hay que recordar que la propia autoridad también tiene la responsabilidad de investigar. Nosotros tenemos que acreditar, porque ‘el que acusa, tiene la responsabilidad de probar. Tiene la carga de la prueba, como decimos los abogados”, resalta.
Sondón refiere sin embargo que en esa carga de responsabilidades conjuntas, las autoridades deben de investigar también los hechos históricos y “a veces, adolecen no de la capacidad, sino de las ganas de llevarlo a cabo”.
Resalta que su partido será respetuoso de las determinaciones, sentencias y/o dictámenes que emitan las autoridades administrativas o jurisdiccionales, según sea el caso y si tendrá que recurrir a ellas, lo hará y seguirá toda la cadena impugnativa.
“Hay que recordar que hay hechos que se tienen que denunciar también porque son del dominio público y son hechos que se tienen que hacer del conocimiento público y ya será la autoridad la que tendrá que determinar si hay elementos o no para que se proceda”, explica el litigante albiazul.
Recuerda que en ocasiones los partidos tienen pruebas supervenientes que aportar para fortalecer un caso.
“Sabemos muy bien que en derecho quien diga ‘esto va a prosperar muy bien’ es imposible. Está en nuestras manos, sí, pero también en las manos de los juzgadores”, refiere.
Sin pretender en descalificaciones como las que realiza de forma generalizada la actual administración, Víctor Hugo Sondón considera que “hay momentos en donde los juzgadores no han realizado el trabajo como es lo deseable…como lo marca estrictamente la aplicación del Derecho”.
De forma particular, confía que el INE integrado por once consejeros, incluida la presidenta Guadalupe Taddei, asuman la gran responsabilidad histórica que tienen no para alguna persona o partido político en particular, sino en razón de México, de cómo quieren pasar a la historia.