Para garantizar la paridad de género, a partir de la aplicación del parámetro de control de regularidad constitucional, la Sala Superior propone:
-Las reglas que en esta sentencia se establezcan para garantizar la paridad en postulación en gubernaturas y Jefatura de gobierno para el proceso electoral 2023-2024, aplicarán en las siguientes ocho entidades federativas: Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Jalisco.
- Los partidos políticos quedan vinculados a postular de forma paritaria en esas ocho entidades federativas sus candidaturas a la gubernatura, de las cuales, cuatro serán mujeres y cuatro hombres.
-Para el caso de las mujeres esta indicación se traduce en un piso y no en un techo, es decir, al menos cuatro de ellas tendrán que ser candidatas.
-En consecuencia, los partidos políticos son libres de postular más mujeres.
-En el caso de Yucatán, los partidos políticos nacionales o locales estarán al cumplimiento de su ley.
“Estas medidas son el producto de la interpretación constitucional, convencional, y legal vigente, que respeta el marco de actuación de las legislaturas locales, las cuales constituyen un piso mínimo que debe observarse en la postulación de candidaturas, sin que ello límite en forma alguna para que los PP en aplicación de su normativa interna y en ejercicio de su auto organización y autodeterminación pudieran generar un mejor escenario en favor de las mujeres”, resalta el texto.