Fechas rumbo a la elección 2024
La jefa de Gobierno, el canciller y el titular de Gobernación, respectivamente, deberán separarse de sus cargos seis meses antes de que inicie el proceso federal, según lo establece el artículo 82, fracción sexta, de la Carta Magna.
Pero, esa disposición no solo aplica para los morenistas, sino también para cualquier servidor público, sea o no de la oposición, que busquen contender por el cargo.
Actualmente, los aspirantes deben sujetarse a las restricciones que establece el 134 constitucional, que impide hacer promoción personalizada con recursos públicos.
Como aspirante o precandidato, Monreal no requiere solicitar una licencia parlamentaria, es decir, el permiso o autorización para separarse temporalmente de su cargo sin que esto implique una renuncia. Eso salvo que resulte ganador de la contienda interna.
De ser así, la solicitud de licencia deberá presentarse por escrito y requiere ser aprobada por el Pleno de la Cámara de Senadores con el voto de la mayoría simple de los legisladores presentes. Una vez aprobada la licencia, se llamará a su suplente para ocupar el escaño.
El Reglamento del Senado establece que dicha solicitud puede realizarse por causal de enfermedad, estado de gravidez o de post-parto, también para desempeñar un empleo, cargo o comisión de carácter público por el que se perciba remuneración, o bien, para postularse a otro cargo de elección popular.