Entre estas se encuentra –señalan– la obligación de postular igual número de mujeres y hombres en distritos o municipios de alta, media y baja competitividad para sus respectivos partidos, reduciéndolo a solo dos bloques de alta y baja competencia, lo que disminuye sus posibilidades de ganar.
Además del acceso equitativo de las candidatas al financiamiento público para campañas y tiempos en radio y televisión, a fin de garantizar que las mujeres no solo sean postuladas, sino que compitan en igualdad de condiciones.
Sobre la postulación de los "grupos tradicionalmente discriminados", señaló que quedarán al arbitrio de los partidos políticos al negarse a la autoridad la posibilidad de regular la asignación de candidaturas, mientras que –añade– se privilegia la autodeterminación de los partidos políticos sobre los derechos políticos de las mujeres.
La consejera del Instituto Nacional Electoral (INE), Carla Humphrey, coincidió en que esa reforma elimina la posibilidad de que el Consejo General vigile y obligue a que los partidos políticos cumplan con la paridad, “porque ahora está al arbitrio de los propios partidos”.
“La reforma electoral establece el 50% en las postulaciones. Obviamente, es una reforma regresiva en términos de derechos humanos, porque ya hay incluso jurisprudencia que habla que la paridad es un principio de optimización flexible”, dijo.
“Puede haber más del 50%, se quita uno de los bloques de competitividad, el de media competitividad, se queda el de alta y de baja”, detalló.