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INE: Sheinbaum, Ebrard y Adán no incurrieron en actos anticipados de campaña

La Comisión del INE estimó que no existe urgencia o peligro en la demora con respecto a los hechos denunciados, ya que el proceso electoral federal 2023-2024 aún se encuentra distante.
jue 26 mayo 2022 07:40 PM
sheinbaum marcelo
Marcelo Ebrard y Claudia Sheinbaum encabezan las encuestas rumbo al 2024.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió que la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, el canciller Marcelo Ebrard, y el titular de Gobernación, Adán Augusto López, no incurrieron en actos anticipados de precampaña y campaña, dado que el proceso de la elección presidencial aún no inicia.

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó tres solicitudes de medidas cautelares en contra Sheinbaum, Ebrard y López, luego de los eventos aparentemente de carácter proselitista que, en el marco de las campañas electorales en curso, realizaron rumbo a la elección federal del 2024.

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Y es que de acuerdo al tricolor, los funcionarios utilizan los eventos locales de los estados de Hidalgo, Durango, Aguascalientes, Quintana Roo, Oaxaca y Tamaulipas, para posicionarse de forma indebida.

Además, el tricolor denunció la presunta responsabilidad atribuible al partido Morena, derivado de las conductas en que incurrieron sus militantes.

En sesión extraordinaria celebrada este jueves, los consejeros Adriana Favela, Ciro Murayama y Claudia Zavala declararon improcedente la medida cautelar solicitada por el PRI respecto de actos anticipados de campaña y precampaña, pues no se advierte la urgencia o peligro en la demora que justifique la medida cautelar.

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En su opinión, el retiro de las notas periodísticas de los medios de comunicación digitales o las publicaciones alojadas en las redes sociales de los servidores públicos referidos, tendrían un efecto desproporcionado en perjuicio de la libertad de expresión y el derecho a la información.

Sobre las frases pronunciadas por los funcionarios, la Comisión estimo que, bajo la apariencia del buen derecho, no se aprecian expresiones que, de manera objetiva, manifiesta, abierta, inequívoca y sin ambigüedades, soliciten el apoyo en favor o en contra de una opción electoral, sino expresiones y opiniones que reflejan la ideología y simpatía hacía una candidatura partidista.

De igual manera, en cuanto a la tutela preventiva, el colegiado declaró improcedente la solicitud, pues se trata de hechos futuros de realización incierta.

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