Ello, dado que si bien Niño Carrillo se queja de diversas irregularidades en el proceso de selección interno, en su calidad de militante, ello es insuficiente para demostrar que se vio vulnerado en sus derechos con el registro.
Tampoco se probó que la revocación del registro del candidato aliancista representaría un beneficio para su esfera jurídica individual, ya que Niño Carrillo no acredita haber participado en el proceso interno de selección de Morena.
Por lo anterior, la sala superior decidió revocar en sesión pública no presencial y por unanimidad, la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua y sobreseer el juicio de origen que originó la demanda interpuesta.
El 23 de marzo de 2021, Juan Carlos Loera de la Rosa presentó ante el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua la solicitud de registro como candidato de la coalición "Juntos Haremos Historia" a la gubernatura, la cual fue aprobada el 3 de abril.
El 7 de abril, Miguel Ángel Niño Carrillo presentó un juicio ciudadano ante el tribunal local en contra del acuerdo y el 28 del mismo mes, ese organismo determinó como procedente el registro de la candidatura, al considerar que los agravios resultaban inoperantes e infundados.
Un mes y pocos días después -el 3 de mayo-, Niño Carrillo presentó un juicio ciudadano en contra de la sentencia emitida por el tribunal local, asunto que fue discutido y resuelto por los magistrados de la Sala Superior en sesión bajo la modalidad de videoconferencia de este miércoles en el Asunto: SUP-JDC-836/2021.