Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

El Tribunal Electoral prohíbe la difusión de logros de gobierno durante campañas

La resolución implica que ningún funcionario público, independientemente de su cargo o del espacio que use, pueda emitir información que busque incidir en el voto de los ciudadanos.
mié 31 marzo 2021 04:39 PM
Tribunal electoral prohíbe difundir obras y logros de gobierno
A partir del 4 de abril que arrancan las campañas electorales, los funcionarios públicos deberán de abstenerse de difundir logros de gobierno, obra pública e, incluso, emitir información dirigida a incidir en preferencias electorales de la ciudadanía.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió criterios de actuación para el actual proceso electoral, con los que se prohíbe que cualquier funcionario público difunda propaganda gubernamental, como logros de gobierno, avances en obra pública o alguna otra información que busque incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía.

Habrá excepción con aquellos mensajes relacionados con temas de salud, educación y protección civil en caso de emergencia.

Publicidad

“En cualquier momento de la conferencia —incluidas las preguntas y respuestas—, los funcionarios públicos deberán de abstenerse de difundir logros de gobierno, obra pública e, incluso, emitir información dirigida a incidir en preferencias electorales de la ciudadanía, como la de valorar positivamente a un gobierno; la información generada durante conferencias organizadas por funcionarios públicos en todo momento deberá tener fines informativos”, establece el proyecto avalado por unanimidad.

En una sesión pública virtual, la Sala Superior del TEPJF determinó este miércoles que los concesionarios de radio y televisión, si bien no están obligados a transmitir de manera parcial o completa la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador, sí tendrán que garantizar que el contenido no genere una imagen positiva del gobierno frente al electorado.

La resolución del TEPJF se da a solo unos días de que el 4 de abril todo el país entre en periodo de campañas rumbo a las elecciones del 6 de junio. El domingo próximo, comenzarán las campañas federales para renovar la Cámara de Diputados y también las campañas locales en nueve de los 15 estados donde se elegirá a un nuevo gobernador. En los otros seis, esta etapa de la contienda empezó en semanas anteriores.

En este contexto, ha habido un debate público sobre las conferencias mañaneras del presidente López Obrador. Él argumenta que debe poder expresarse sobre distintos temas en estos espacios, mientras que el Instituto Nacional Electoral (INE) considera que no debe referirse a asuntos político-electorales en los meses previos a las votaciones. La decisión emitida por los magistrados busca poner punto final a esta discusión.

Publicidad

El detalle

El magistrado Felipe Fuentes Barrera señaló que el carácter novedoso de las mañaneras exige establecer criterios de actuación que den certeza a los actores que juegan un papel importante en el proceso electoral, para que conozcan cómo y por qué podrían ser sancionados.

Un criterio aprobado establece la prohibición de difundir materiales o promocionales en los que un funcionario destaque su persona, imagen, voz o acciones, salvo los informes de labores o gestión de los servidores públicos, previstos en la ley.

Además, se deberá guardar neutralidad en la difusión de la comunicación gubernamental en materia electoral, es decir, una actitud imparcial, libre de favoritismos a los actores de los procesos electorales.

Las concesionarias deberán abstenerse de transmitir propaganda gubernamental, como logros de gobierno, datos o estadísticas de actividades o programas gubernamentales y, en general, información relevante de un gobierno o con el fin de generarle una imagen positiva.

“Durante las campañas electorales y hasta el día de la jornada electoral, los gobiernos de cualquier nivel y sus funcionarios tienen prohibido difundir propaganda gubernamental por cualquier medio o modalidad de comunicación social, como son entrevistas, conferencias de prensa en ninguna de las entidades federativas con comicios electorales, salvo que se trate de las excepciones gubernamentales de educación, salud y protección civil”, expuso Fuentes Barrera.

Publicidad

El TEPJF pone lupa a informes de AMLO

En una resolución previa, la Sala Superior también ordenó a la Sala Regional Especializada estudiar si los informes de 100 días de gobierno de López Obrador y otros realizados en 2019 son o no propaganda gubernamental.

Los magistrados consideraron que estos informes, impugnados por PAN y PRD, no pueden ser vistos por sí mismos como un ejercicio de rendición de cuentas ni equipararse con el Informe de Gobierno que oficialmente se presenta al Congreso el 1 de septiembre de cada año.

En su análisis, la Sala Regional Especializada deberá determinar, en un plazo de siete días, si esos informes “son propaganda gubernamental lícita o de una verdadera estrategia de comunicación ilícita censurable”, así como dictar la resolución que corresponda.

El caso “Siervos de la Nación”

La Sala Regional Especializada también deberá determinar si el presidente u otros funcionarios fueron responsables de uso de recursos públicos para promoción personal durante el levantamiento del Censo del Bienestar, que estuvo a cargo de los llamados “Siervos de la Nación”.

Con esto, se deberá concluir si en este ejercicio se promovió o no la imagen del jefe del Poder Ejecutivo federal.

MGID Recomienda

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

Publicidad