La minuta fue remitida al Senado y contempla 59 cambios a la Ley aún vigente por lo que, consideraron los diputados, prácticamente es una ley nueva.
Como en muy contadas reformas en seis años y medio, en esta se atendieron propuestas de Acción Nacional (PAN); además de que se consultó a organizaciones de caza o que usan armas en el deporte; grupos de ejidatarios y participó la Defensa Nacional (Sedena).
“Esta reforma limita la prohibición, refuerza la regulación y el control de armas en el marco de la coyuntura de la situación de seguridad pública del país, lo que promueve un equilibrio entre las facultades del Estado y el ejercicio de derechos fundamentales” dijo el presidente de la Comisión de Defensa Nacional, Luis Arturo Oliver Cen, al presentar el dictamen.
La iniciativa de reforma establece la obligación de que, en la manifestación de posesión de arma de fuego, la persona titular designe a una persona responsable ante el Registro Federal de Armas, para que, en caso de fallecimiento o declaración especial de ausencia, la persona designada realice el trámite del destino final del arma.
También se obliga a la realización permanente de campañas informativas sobre los riesgos de manipular materiales explosivos y sustancias químicas.
Además da protección jurídica a los deportistas de caza y tiro, siempre y cuando sean socios de un club o asociación debidamente acreditados ante la Sedena.
"Se reconoce el derecho a la legítima defensa dentro del ámbito doméstico”, añade y establece que puede haber uso válido de ciertos calibres en el domicilio, pero con controles para permitir la salvaguarda personal y familiar.