Sólo el programa de pensión para adultos mayores y el de rehabilitación de personas con discapacidad permanente implicarán una demanda adicional total de 71,268 millones de pesos a precios de 2024, de acuerdo al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados.
¿Cuáles son los cambios que se hicieron?
La pensión para adultos mayores ya está en el artículo 4 de la Constitución, pero desde los 68 años, por lo que la reforma avalada redujo la edad para beneficiarios a partir de los 65 años. Sin embargo, el monto y los beneficiarios de esa pensión no tendrán cambios, pues en los hechos ya se entrega desde esa edad.
El cambio principal en realidad consiste en que se hace corresponsables a las entidades federativas en el pago de los apoyos para personas con discapacidad, pues antes sólo se establecía la responsabilidad del Estado.
También en el artículo 4 se establece ahora que “el Estado garantizará la rehabilitación y habilitación de las personas que viven con discapacidad permanente. Tienen prioridad las personas menores de 18 años de edad, en los términos que fije la ley”.
"La Federación y las entidades federativas garantizarán la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de 65 años”, se incluyó en el texto constitucional.
Se amplía el beneficio a las personas con discapacidad, pues se establece que el apoyo específico para ese sector se entregará a las menores de 65 años. Al cumplir esa edad ya recibirán el apoyo para adultos mayores.