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Los diputados elevan requisitos para eventual nulidad de elección judicial

En una semana, tras recibir la iniciativa presidencial, los legisladores reforman la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación para afinar reglas de la elección judicial.
lun 14 octubre 2024 10:01 PM
Sesión Cámara de Diputados-9
Morena y aliados aceleran votaciones sobre Reforma Judicial antes de que se emita la convocatoria para la elección.

En aprobación fast track, la Cámara de Diputados avaló con 334 votos a favor y 130 en contra, la minuta a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación para regular las nulidades, quejas y recursos jurídicos que procederán en la elección de integrantes del Poder Judicial.

La reforma implica cambios a 15 artículos de esa Ley y entre las novedades destaca que se aumentaron los requisitos para, en su caso, hacer factible la anulación de una elección y dado que los partidos no participan en el proceso electoral judicial, no podrán presentar Juicios de Inconformidad contra sus resultados.

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A diferencia de los procesos electorales ordinarios, en que a partir de irregularidades en el 20% de las casillas o la falta de instalación de ese porcentaje de casillas es una de las causales de nulidad, en el caso de la elección judicial ese umbral se elevó al 25% de las casillas instaladas en el territorio nacional, o en el respectivo circuito judicial o circunscripción plurinominal y, en su caso, no se hayan corregido durante el recuento de votos.

El artículo 77 ter de la Ley mantuvo el resto de las causales de ley para invalidar el proceso, por ejemplo, cuando la casilla se instale en lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital correspondiente; cuando el paquete se entregue fuera de plazo, la votación se reciba en fecha distinta o haya dolo o error en el cómputo y sea determinante para el resultado de la votación.

También procederá la nulidad si se demuestran irregularidades como el hecho de que la candidatura ganadora de la elección resulte inelegible o bien que se acredite el uso de financiamiento público o privado; cuando se acredite que partidos políticos o personas servidoras públicas beneficiaron o perjudicaron indebidamente una campaña de una persona candidata y eso sea determinante para el resultado de la elección.

En tanto, para impugnar los actos y resoluciones que restrinjan el derecho de ser votadas las personas candidatas a ministras, magistradas, juezas del PJF en el proceso electoral procederá la figura de Juicio Electoral y también sólo podrán promoverlo las personas que acrediten su interés jurídico como candidatas a ministras, magistradas o juezas del Poder Judicial.

Tras la aprobación en lo general los diputados discutieron 128 reservas al dictamen, pero se presentaron compactadas por lo que sólo hubo 16 oradores.

Rechazan cambios a la minuta

Tras tres horas de debate, pasadas las 23 horas, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó la minuta en lo particular con el voto de 342 legisladores de Morena y aliados y el rechazo de 125 opositores, por lo que se remitió al Ejecutivo para su promulgación.

Al final de la discusión fue el panista Federico Döring quien encendió los ánimos de sus contrincantes al demandar la inclusión de una reserva para incluir que se debe evitar y sancionar a servidores públicos de los poderes ejecutivos y legislativos que hagan pronunciamientos sobre la elección judicial y los candidatos.

Esto porque recordó que en el proceso de revocación de mandato estaba proceso prohibido a los partidos interferir en el proceso y Morena violó esa prohibición.

Aseguró que la reforma judicial traerá como consecuencia a jueces como el juez Felipe Delgadillo Padierna -polémico por haber encarcelado a Rosario Robles - Sin quien “encarna de pies a cabeza a la justicia de Morena, alguien con consigna política, sin preparación académica, que tuerce la ley en contra de sus adversarios políticos”.

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