Las primeras que se discutirán son las cuatro reformas que modifica el artículo 123 de la Constitución: uno es para convertir el programa Jóvenes Construyendo el Futuro en derecho constitucional, al establecer que se otorgará un apoyo económico mensual equivalente a al menos a un salario mínimo a los jóvenes entre 18 y 29 años que se encuentren en desocupación laboral y no estudien, con el fin de que se capaciten para el trabajo.
Otra modificación al mismo artículo es para instaurar que las personas trabajadoras con 65 años que empezaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 en el Instituto Mexicano del Seguro Social y las que estén bajo el régimen de cuentas individuales que cotizan en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado tendrán derecho a que su pensión de retiro por vejez sea igual a su último salario.
La tercera es sobre salarios mínimos, al señalar que la fijación anual nunca estará por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia, lo mismo será con los salarios profesionales.
Además, señala que los maestros de nivel básico, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Armada permanente, así como médicos y enfermeros, percibirán un salario mensual que no podrá ser inferior al salario promedio registrado en el IMSS.
Y la cuarta reforma al artículo 123 de la Constitución para instaurar que el fondo nacional a donde van a parar las aportaciones de las empresas para viviendas de los trabajadores, se podrá utilizar para que los empleados obtengan créditos baratos y suficientes para la adquisición o mejora de vivienda y también podrán ser invertidos estos recursos en la construcción de vivienda para que las personas trabajadoras puedan adquirirla o arrendarla.
Además, señala que los trabajadores, después de un año de cotización ante el fondo, podrán acceder a las viviendas en arrendamiento social propiedad del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores. Mientras, las mensualidades no podrán exceder de 30% del salario mínimo del trabajador, y después de 10 años de arrendamiento de una misma vivienda el trabajador podrá adquirirla.
También ese día discutirán las modificaciones a los artículos 3, 4,5, 27 y 73 de la Constitución en diversas materias. La modificación a los artículos 3, 4 y 73 prohíben el maltrato a los animales y señala que el Estado mexicano deberá garantizar la protección, el trato adecuado, la conservación y el cuidado de estos seres vivos.
En tanto, en las reformas a los articulo 4 y 5 de la Constitución se prohíbe la producción, distribución, comercialización y enajenación de cigarrillos electrónicos y vapeadores, así como la producción distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y drogas sintéticas no autorizadas, como el fentanilo.
Asimismo, quedó prohibida la profesión o cualquier actividad relacionada con los cigarrillos electrónicos y con las sustancias tóxicas y drogas sintéticas no autorizadas legalmente.