Luego, fue llamado a votar por la Mesa Directiva de la 65 Legislatura, lo que “implica que la lectura de la carta donde Franco Castán protestó como Legislador Federal, se dio por válida y, por lo tanto, goza del Fuero Constitucional a partir de este domingo 29 de agosto de 2021 que entró en funciones la nueva legislatura”, abunda el texto.
En este se recordó que los artículos 61, 111 y 112 de la Constitución establecen que los diputados no pueden ser procesados salvo que en un proceso de desafuero se declare la pérdida de ña inmunidad procesal.
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Si el funcionario hubiera sido sujeto de proceso fuera de su encargo, “tan pronto retomare este último, deberá suspenderse la prosecución de dicho proceso y dar entrada al fuero constitucional”.
Una vez que rindió protesta como diputado –señalan Franco Castán y su defensa–, debe ser liberado.