La minuta debe ser devuelta a la Cámara de Diputados, donde cambios a la ley ya habían sido aprobados aunque sin este punto.
El titular de la UIF, Santiago Nieto, ya celebró la aprobación en el Senado, afirmando que la nueva norma permitirá cumplir con estándares internacionales.
¿Qué se aprobó?
Las reformas aprobadas por el Senado han sido nombradas "Ley Nieto", por las facultades que otorgan a la UIF para incluir en la Lista de Personas Bloqueadas a individuos ligados con los delitos mencionados, sin la necesidad de una orden judicial.
"La Secretaría (de Hacienda), en ejercicio de sus atribuciones, podrá introducir a una persona a la Lista de Personas Bloqueadas cuando cuente con indicios suficientes de que se encuentra relacionada con con los delitos de financiamiento al terrorismo (u) operaciones con recursos de procedencia ilícita", dice la minuta.
También se reformó para dar garantía de audiencia a las personas indiciadas por presuntamente haber realizado operaciones con recursos de procedencia ilícita. A la ley incluso se agregó un capítulo al respecto.
Además, el Senado acordó realizar dos modificaciones al documento que fue enviado por los diputados:
1. Que sean los bancos y no la UIF los que notifiquen a sus clientes cuando sus cuentas sean bloqueadas.
2. Que esta notificación se pueda hacer por varios medios, no solo por escrito.