¿Cuáles serán las sanciones?
Respecto a la violencia digital, la 'Ley Olimpia' contempla sanciones de tres a seis años de prisión para los agresores y una multa de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA); además, obliga a las páginas de internet a bloquear los contenidos denunciados y a avisar de manera inmediata a los usuarios cuando incurran en un delito.
La pena aumentará hasta en una mitad cuando el delito sea cometido por la pareja de la víctima o un funcionario, o cuando sea cometido con fines lucrativos, en agravio a una persona que no pueda comprender el significado del contenido o si, a consecuencia, la víctima atenta contra su integridad.
Sobre la violencia mediática, la legislación incluye medidas de protección para garantizar la integridad de la víctima, obligando a las empresas de plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción o eliminación de material.
Los contenidos que se sancionarán son textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas, o cualquier otra acción que sea cometida a través de las tecnologías, plataformas de Internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones, o cualquier otro espacio digital y atente contra la integridad, la dignidad, la intimidad, la libertad, la vida privada o vulnere algún derecho humano de las mujeres.