¿Cuáles serán las sanciones?
Las sanciones que se plantean en el proyecto van desde multas, clausura temporal o definitiva, decomiso de productos, suspensión o revocación de la licencia, trabajo a favor de la comunidad y arresto de hasta 36 horas.
Para quien esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis sin autorización se le impondrá una multa de 60 (5,212.8 pesos) a 120 veces (10,425.6 pesos) la UMA.
A la persona que conduzca cualquier vehículo, maneje u opere equipo o maquinaria que pueda causar peligro, bajo los efectos del THC, será sancionado con arresto inconmutable de 12 a 36 horas.
Realizar publicidad, promoción o patrocinio, directa o indirectamente en cualquier medio, del cannabis psicoactivo y sus derivados, incluso si son actos inherentes a la transformación y la comercialización del cannabis y sus derivados para productos cosméticos, comestibles o bebibles del cannabis o sus derivados, será sancionado con una multa de 4,000 (347,520 pesos) a 40,000 (tres millones 475,200 pesos) veces de UMA.
Lo mismo para quien importe o exporte dichos productos que contengan más del 1% de THC.
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Y se impondrían multas de 1,000 (86,880 pesos) a 40,000 (3,475,200 pesos) veces la UMA por el uso de agentes contaminantes, químicos, biológicos o de cualquier otra naturaleza que pudiere existir, tales como solventes residuales, pesticidas, fungicidas, agentes microbianos, bacteriológicos, moho que represente un riesgo para la salud de las personas, tanto en las semillas y plantas del cannabis y sus derivados.
La misma sanción se aplicaría para quien incumpla con las disposiciones aplicables al empaquetado y etiquetado, y para quien venda productos elaborados a base del cannabis psicoactivo o sus derivados por medio de exhibidores que permitan el autoservicio, así como a través de internet, correo, teléfono o cualquier otro medio semejante que impida la verificación personal.