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La Cámara aprueba crear un registro y un fondo para atender el cáncer infantil

Por unanimidad, los diputados aprobaron una nueva norma para la prevención y detección oportuna de esta enfermedad en niñas, niños y adolescentes. El documento pasó al Senado.
jue 05 diciembre 2019 06:45 PM
Cáncer infantil
Durante los últimos meses, padres de familia y organizaciones civiles se han manifestado para exigir que se garanticen recursos para la atención del cáncer en menores de edad. (Cuartoscuro)

La Cámara de Diputados aprobó este jueves, con 399 votos a favor y cero en contra, una nueva ley contra el cáncer infantil, que implica crear un registro nacional y un fondo para financiar la atención de quienes no cuenten con recursos para tratarse.

Esta Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia fue enviada al Senado para su revisión.

Durante la discusión del tema, la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del PRD, señaló que más de 75% de las niñas, los niños y los adolescentes sobrevive al cáncer infantil, pero cada año la enfermedad cobra alrededor de 2,000 vidas.

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Las claves de la nueva ley

-La ley establece que la Secretaría de Salud, a través del Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento de Cáncer en la Infancia y la Adolescencia (Conacia) y del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia (Censia), fijará mecanismos para lograr la correcta identificación y atención del cáncer infantil. Asimismo, se impulsará la participación de los sectores social y privado.

-Se crea el Registro Nacional para el Cáncer Infantil, el cual se integrará de la información proveniente del Sistema Nacional de Información Básica en materia de Salud y contará con un rubro específico para la información relativa a este problema. Tiene el propósito de llevar en tiempo real el registro de diagnóstico, seguimiento y evolución del tratamiento.

-La ley establece la creación de un Fondo Nacional que se encargará de financiar a los beneficiarios que no cuenten con los recursos para trasladarse a unidades médicas para recibir el diagnóstico y recibir el tratamiento. También servirá para financiar total o parcialmente programas y proyectos relacionados con investigación, estudio, evaluación y promoción de la atención a la enfermedad.

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-Se obliga a las autoridades médicas a autorizar todos los estudios correspondientes para confirmar el diagnóstico de un menor, en cuanto se tenga alguna presunción de cáncer; también, a remitir a la unidad médica acreditada a los pacientes en un plazo de 24 horas, cuando el diagnóstico no pueda realizarse en el primer centro de contacto.

-La ley plantea que todas las instituciones educativas públicas y privadas que impartan la licenciatura de Medicina y Enfermería incluyan en sus programas académicos la capacitación especializada para atender los tipos más prevalentes de cáncer infantil y adolescente.

-Ordena a las autoridades a establecer programas de capacitación continua para que los médicos pasantes y generales de primer contacto, pediatras y enfermeras cuenten con las herramientas necesarias para identificar de manera oportuna el cáncer infantil.

-Prevé incluir en la Semana Nacional de Salud la búsqueda de los siete signos y síntomas que fundamenten la sospecha de cáncer en la infancia y adolescencia.

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-Contempla que el Sistema Nacional de Salud deberá considerar como estrategias prioritarias el diagnóstico temprano, el acceso efectivo, el tratamiento integral y de calidad, la capacitación continua al personal de salud, disminuir el abandono al tratamiento, contar con un registro fidedigno y completo de los casos, e implementar campañas de comunicación masiva para crear conciencia social sobre el tema.

-Determina que en las regiones del país donde no haya una unidad médica acreditada lo suficientemente cercana se creen o habiliten unidades con la capacidad para dar tratamientos oncológicos ambulatorios.

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