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La Cámara aprueba crear un registro y un fondo para atender el cáncer infantil

Por unanimidad, los diputados aprobaron una nueva norma para la prevención y detección oportuna de esta enfermedad en niñas, niños y adolescentes. El documento pasó al Senado.
jue 05 diciembre 2019 06:45 PM
Cáncer infantil
Durante los últimos meses, padres de familia y organizaciones civiles se han manifestado para exigir que se garanticen recursos para la atención del cáncer en menores de edad.

La Cámara de Diputados aprobó este jueves, con 399 votos a favor y cero en contra, una nueva ley contra el cáncer infantil, que implica crear un registro nacional y un fondo para financiar la atención de quienes no cuenten con recursos para tratarse.

Esta Ley General para la Detección Oportuna del Cáncer en la Infancia y la Adolescencia fue enviada al Senado para su revisión.

Durante la discusión del tema, la diputada Frida Alejandra Esparza Márquez, del PRD, señaló que más de 75% de las niñas, los niños y los adolescentes sobrevive al cáncer infantil, pero cada año la enfermedad cobra alrededor de 2,000 vidas.

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Las claves de la nueva ley

-La ley establece que la Secretaría de Salud, a través del Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento de Cáncer en la Infancia y la Adolescencia (Conacia) y del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia (Censia), fijará mecanismos para lograr la correcta identificación y atención del cáncer infantil. Asimismo, se impulsará la participación de los sectores social y privado.

-Se crea el Registro Nacional para el Cáncer Infantil, el cual se integrará de la información proveniente del Sistema Nacional de Información Básica en materia de Salud y contará con un rubro específico para la información relativa a este problema. Tiene el propósito de llevar en tiempo real el registro de diagnóstico, seguimiento y evolución del tratamiento.

-La ley establece la creación de un Fondo Nacional que se encargará de financiar a los beneficiarios que no cuenten con los recursos para trasladarse a unidades médicas para recibir el diagnóstico y recibir el tratamiento. También servirá para financiar total o parcialmente programas y proyectos relacionados con investigación, estudio, evaluación y promoción de la atención a la enfermedad.

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-Se obliga a las autoridades médicas a autorizar todos los estudios correspondientes para confirmar el diagnóstico de un menor, en cuanto se tenga alguna presunción de cáncer; también, a remitir a la unidad médica acreditada a los pacientes en un plazo de 24 horas, cuando el diagnóstico no pueda realizarse en el primer centro de contacto.

-La ley plantea que todas las instituciones educativas públicas y privadas que impartan la licenciatura de Medicina y Enfermería incluyan en sus programas académicos la capacitación especializada para atender los tipos más prevalentes de cáncer infantil y adolescente.

-Ordena a las autoridades a establecer programas de capacitación continua para que los médicos pasantes y generales de primer contacto, pediatras y enfermeras cuenten con las herramientas necesarias para identificar de manera oportuna el cáncer infantil.

-Prevé incluir en la Semana Nacional de Salud la búsqueda de los siete signos y síntomas que fundamenten la sospecha de cáncer en la infancia y adolescencia.

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-Contempla que el Sistema Nacional de Salud deberá considerar como estrategias prioritarias el diagnóstico temprano, el acceso efectivo, el tratamiento integral y de calidad, la capacitación continua al personal de salud, disminuir el abandono al tratamiento, contar con un registro fidedigno y completo de los casos, e implementar campañas de comunicación masiva para crear conciencia social sobre el tema.

-Determina que en las regiones del país donde no haya una unidad médica acreditada lo suficientemente cercana se creen o habiliten unidades con la capacidad para dar tratamientos oncológicos ambulatorios.

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