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Los diputados avalan reforma para que los migrantes tengan defensor de oficio

El tema regresará al Senado, que deberá dar el visto bueno definitivo. Estos cambios a la Ley de Migración buscan garantizar que los migrantes cuenten con asesoría y defensa legal.
mié 03 abril 2019 06:10 PM
Migrantes_México
Migrantes. El dictamen indica que el INM está obligado a garantizar y permitir el acceso y la comunicación de los extranjeros con sus representantes legales y con sus defensores.

CIUDAD DE MÉXICO (EFE).- La Cámara de Diputados aprobó este miércoles que los migrantes sujetos a procedimientos jurídicos tengan derecho a un defensor de oficio.

"La Cámara de Diputados aprobó, con cambios, una minuta del Senado de la pasada Legislatura, que establece que los extranjeros sujetos a procedimientos jurídicos migratorios tienen derecho a que el Estado les designe un defensor de oficio cuando no cuenten con un abogado", informó la Cámara en un comunicado.

En el dictamen, los diputados definieron también los derechos de las personas sujetas a procedimientos jurídicos migratorios o en estaciones migratorias, "a fin de garantizar el debido proceso y una adecuada defensa jurídica".

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El pleno lo aprobó, en lo general y en lo particular, con 432 votos a favor, cero en contra y cinco abstenciones, y lo devolvió al Senado para su análisis y eventual ratificación.

La minuta fue aprobada por el Senado el 26 de abril de 2018, durante la 63 Legislatura, y la remitió a la Cámara, donde fue analizada y dictaminada por la Comisión de Asuntos Migratorios de la actual Legislatura.

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El artículo 70 establece, entre otros puntos, que el Estado designará para el extranjero un defensor de oficio a través del Instituto Federal de Defensoría Pública.

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El documento precisa también que el extranjero tiene derecho a nombrar un defensor, el cual deberá ser licenciado en Derecho.

También especifica que podrá contactar a su consulado, si así lo desea, y contar con asistencia médica y psicológica.

De acuerdo con el texto, la nueva legislación indica que el Instituto Nacional de Migración (INM) está obligado a garantizar y permitir el acceso y la comunicación de los extranjeros con sus representantes legales y con sus defensores, en las estaciones migratorias o el lugar donde se lleve su proceso administrativo migratorio.

El INM también está obligado a informar al Instituto Federal de Defensoría Pública para que este brinde orientación legal y asistencia jurídica gratuita a los migrantes sin defensor particular, dentro de las estaciones migratorias.

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