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Dictamen sobre corridas de toros llega al Congreso CDMX; esto votarán diputados

El martes 18 de marzo, el pleno del Congreso de la Ciudad de México analizará el dictamen en el que se prohíben las corridas de toros con violencia y la muerte o maltrato a los ejemplares.
sáb 15 marzo 2025 04:30 PM
dictamen toros congreso cdmx
El martes 18 de marzo a las 9:00 AM, los 66 diputados que integran la tercera legislatura se reunirán en el edificio de Donceles y Allende

El martes 18 de marzo, el pleno del Congreso de la Ciudad de México discutirá el dictamen que integra la iniciativa ciudadana y las propuestas presentadas por la jefa de gobierno, Clara Brugada, para la realización de espectáculos taurinos “sin violencia” o maltrato de cualquier tipo a los animales en la capital .

La iniciativa propone modificar la Ley de Protección y Bienestar Animal de la Ciudad de México y la Ley para la Celebración de Espectáculos de la capital. Establece conceptos, definiciones, plazos y sanciones en caso de incumplimiento.

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Por primera vez en dos décadas, y tras múltiples intentos de diputados locales y organizaciones animalistas por reformar la ley para prohibir las corridas de toros en la capital, una propuesta llegará al pleno del poder legislativo con el respaldo de todas las bancadas, la jefa de gobierno, Clara Brugada, y de la presidenta, Claudia Sheinbaum.

La propuesta de dictamen

Por unanimidad los integrantes de las comisiones de Iniciativas Ciudadanas y Puntos Constitucionales del Congreso de la Ciudad de México aprobaron el dictamen que prohíbe la tauromaquia con violencia y se transita a un nuevo espectáculo en el que se se protege la integridad de los toros y se establecen tiempos máximos en las corridas.

El dictamen contempla modificaciones a dos leyes, promovidas por distintas organizaciones animalistas y que cuentan con el respaldo de más de 27,000 firmas acreditadas ante autoridades electorales y judiciales.

Modificación a la Ley de Bienestar Animal

Se contempla una adición al artículo 4, para incorporar una fracción XXV BIS en el que queda establecida la definición de espectáculo taurino “Sin Violencia”.

La realización de corridas de toros, novilladas, rejoneo, becerradas, festivales taurinos y tientas en las que no se cause ningún tipo de lesión a los animales ni se les provoque la muerte durante o después del evento”, se lee en el proyecto.

Se adiciona una fracción XXII al artículo 25 sobre la protección a la vida de los animales.

La realización de espectáculos taurinos sin violencia con toros, novilladas, rejoneo, becerradas, festivales taurinos y tientas en las que se le causen lesiones de cualquier tipo a los animales o se les provoque la muerte durante o después del evento", establece.

La adición de un inciso D al artículo 65, que trata de las sanciones por incumplimiento o faltas a la ley de Bienestar Animal de la Ciudad de México señala que habrá multa de 2,000 a 3,000 veces la unidad de cuenta, es decir, el equivalente al pago de 226,280 a 339,420 pesos por cada animal lesionado o muerto, sumado a otras sanciones aplicables.

Modificaciones a la Ley para la Celebración de Espectáculos

En el artículo 4 se agrega una fracción tercera Bis en la que se define el concepto de “Espectáculo Taurino Sin Violencia”; la fracción décima Bis que define el concepto de persona torera y persona rejoneadora en la fracción décima Ter.

Las propuestas hechas por la jefa de gobierno, Clara Brugada el pasado jueves 13 de marzo sobre las corridas quedaron establecidas en el artículo 48 de esta ley:

  • 48.- Bis. En los espectáculos taurinos sin violencia se prohíben las lesiones dentro y fuera del evento, así como la muerte del toro dentro y fuera de la plaza. Además, se debe garantizar la protección de su integridad física.

Se deben proteger los cuernos del toro y/o novillo para prevenir lesiones a otros animales o personas.

Al finalizar el espectáculo taurino sin violencia, el toro o novillo deberá ser devuelto a la ganadería.

  • 48 Ter. Se prohíbe la utilización de objetos punzantes que provoquen heridas, lesiones o la muerte del toro o novillo, como la puya, banderillas, estoque, descabellos y puntillas.

Solo se puede utilizar el capote y la muleta.

  • 48 Quáter. El tiempo máximo de actuación para cada toro o novillo en el espectáculo taurino sin violencia será de 10 minutos, con un límite de 6 ejemplares por evento.

La duración total del espectáculo taurino sin violencia se ajustará a lo establecido en el Reglamento.

En el artículo 82, se definen las sanción es aplicables ue también equivalen a las 2,000 o 3,000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

El dictamen establece que en caso de aprobación ante el pleno, el Congreso de la Ciudad de México deberá remitirse a la Jefatura de Gobierno y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la gaceta oficial.

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¿Qué sigue?

Será en la sesión ordinaria de este martes 18 de marzo a las 9:00 am cuando el dictamen sea presentado ante los 66 legisladores que integran la tercera legislatura para su discusión y votación.

En este proceso, las bancadas y asociaciones parlamentarias expondrán sus motivos ya sea a favor o en contra de la propuesta o en su caso, se pueden realizar algunas modificaciones.

El único diputado que ha anunciado una postura contraria a la mayoría de las bancadas representadas en el Congreso e incluso externó su desacuerdo a las propuestas de modificación a los espectáculos taurinos es el morenista Pedro Haces Lago, hijo del empresario ganadero y diputado federal morenista Pedro Haces Barba.

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