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CDMX regulará las motos eléctricas; serán incluidas en Reglamento de Tránsito

Las motocicletas eléctricas serán incorporadas al catálogo de vehículos que circulan a más de 25 km/h, por lo que no podrán circular por ciclovías ni banquetas y deberán portar placa.
mar 04 marzo 2025 07:20 PM
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De aprobarse la iniciativa de Brugada, las regulación de las motos eléctricas se homologaría con las de combustión interna.

El gobierno de la Ciudad de México enviará al Congreso local una iniciativa de reforma a la Ley de Movilidad y el Reglamento de Tránsito para armonizar y homologar criterios respecto al uso de motos eléctricas, así como patines o "scooters", mismos que deberán apegarse a las normas de circulación de vehículos, uso de cascos y respeto a los límites de velocidad.

Clara Brugada, jefa de gobierno de la Ciudad de México, explicó en conferencia de prensa que la propuesta busca reducir accidentes, evitar que se usen indebidamente ciclovías o carriles confinados y que haya reglas claras para su circulación, pues este tipo de vehículos ha aumentado de manera importante en la capital.

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Resaltó que las motos eléctricas entrarán al catálogo de vehículos con velocidades superiores a los 25 kilómetros por hora, lo que implica que deberán portar tarjeta de circulación, licencia para motociclista tipo A1, casco certificado y apegarse a normas a las que se cometen los motociclistas de combustión interna

“Estas motocicletas no podrán circular por las vías por donde van los ciclistas por la ciclovías, o por carriles que estén confinados, no podrán desplazarse sobre las banquetas ni en cualquier otra zona confinada, ir con las luces encendidas” remarcó.

La jefa de gobierno dijo que las reformas y adiciones a la Ley de Movilidad y el Reglamento de Tránsito también contemplan candados y restricciones para el uso de permisos para circular, expedidos por otras entidades.

Resaltó que esta medida es importante, ya que se ha visto un incremento en el número de motociclistas que portan permisos de Guerrero, Morelos y Estado de México, entre otras entidades.

“Hoy tenemos a miles circulando durante mucho tiempo con sus permisos foráneos, entonces tienen la obligación de registrarse, bueno se se da un tiempo que es un mes para que puedan registrarse ante la Secretaría de Movilidad”, apuntó.

Brugada agregó que los patines o scooters eléctricos también entrarán al catálogo de vehículos no motorizados con circulación superior a los 25 kilómetros, lo que implica que deberán apegarse a las normas de tránsito vigente.

“Los vehículos no motorizados no pueden circular por banquetas o por zonas peatonales, ni por el carril exclusivo de transporte público, tampoco de detenerse sobre las áreas reservadas para el tránsito de peatones”, puntualizó.

"También se ha incrementado lo que llamamos las motocicletas eléctricas, que han tenido un gran auge en algunas zonas de la ciudad, como aquí en el Centro Histórico”.

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En la misma conferencia, Erendira Cruz-Villegas, consejera jurídica de la Ciudad de México, explicó que las modificaciones establecerán criterios claros sobre la velocidad, las características físicas de las motocicletas eléctricas y las condiciones para su circulación.

Detalló que se actualizarán los artículos 21, 37, 45 y 47 del Reglamento de Tránsito, así como los artículos 9, 64 y 137 de la Ley de Movilidad.

“El punto toral de estas reformas es la armonización de estas puntualizaciones de los conceptos que esto conlleva, es a fin de generar una garantía plena para contribuir a evitar cualquier tipo de accidente y sobre todo ayudar a la circulación” resaltó.

Reglas para las motos eléctricas.

  • No podrán circular por las vías por donde van los ciclistas.
  • Deberán registrarse ante la Semovi de la CDMX cuando tengan permiso para circular de otras entidades.
  • No podrán desplazarse sobre las banquetas o en cualquier otra zona confinada.
  • Deberán portar placas, tarjeta de circulación, casco, e ir con las luces encendidas, además de respetar las reglas que aplican a todas las motocicletas de combustión interna.

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