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Multas de hasta 4,000 pesos por pasear a tu perro sin correa

Entre las sanciones a los infractores también se establece arresto de hasta 24 horas o trabajo comunitario.
jue 13 abril 2023 08:57 AM
multa perro sin correa CDMX
La multa está establecida en la Ley de Cultura Cívica de la CDMX. |La imagen corresponde a octubre de 2015.

En la Ciudad de México (CDMX) se estableció una multa para los dueños de perros que los saquen a pasear sin correa, la cual equivale a más de 4,000 pesos, horas de arresto o trabajo comunitario. Esto quedó establecido en la Ley de Cultura Cívica, la cual señala que el salir a caminar con tu perro sin correa es considerado como una infracción.

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Lo anterior, con el objetivo de evitar accidentes en los que se ven involucradas estas mascotas como puede ser peleas con otros perros, que corren hacía grandes avenidas y ocasionen accidentes viales, entre otros.

¿En dónde se establece la sanción?

En el artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica de la CDMX:

“…El permitir a la persona propietaria o poseedora de un animal que este transite libremente o transitar con él sin adoptar las medidas de seguridad necesarias, de acuerdo con las características particulares del animal, para prevenir posibles ataques a otras personas o animales, así como azuzarlo o no contenerlo…”, detalla el texto .

¿De cuánto es la multa por pasear a tu perro sin correa?

En caso de que alguna autoridad capitalina detecte que no cumples con lo establecido en la ley capitalina, se determinó una multa de 11 a 40 Unidad de Medida y Actualización (UMA) que de acuerdo a datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía para este 2023, se tendría que pagar un total de 1,141 pesos hasta 4,149 pesos.

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En caso de que los dueños opongan resistencia o no puedan pagar la multa establecida, se procederá con un arresto de 13 a 24 horas o en su caso el realizar trabajo comunitario de 6 a 12 horas.

Multas por no recoger heces

También hay multas por no levantar las heces de las mascotas, tal y como está establecido en el artículo 29 fracción 1 de la misma ley, misma que determina que dicha omisión es considerada como infracciones contra el entorno urbano de la Ciudad.

“…Abstenerse de recoger del espacio público, las heces de un animal bajo su propiedad o bajo su custodia, así como tirar o abandonar dichos desechos fuera de los contenedores asignados…”, explica el texto.

Las infracciones cívicas van desde una multa puede ser equivalente de 11 a 40 Unidades de Medida (UMA), como también una sanción equivalente a un arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas.

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