Lo anterior quedó asentado en la Gaceta Oficial de la CDMX, donde se apunta que a partir del 20 de octubre queda prohibida la venta de bebidas embriagantes en tianguis y mercados.
Quienes infrinjan la nueva norma pueden perder su permiso para vender en la vía pública.
¿En qué caso se aplicarán sanciones?
En total se publicaron siete disposiciones que serán causa de revocación de permiso de operación permanente:
- La venta de bebidas embriagantes, medicamentos, animales exóticos y/o en peligro de extinción.
- La venta de telefonía celular, pirotecnia o cualquier otra mercancía o actividad ilícita.
- La realización de actividades de tatuajes, perforaciones o micro pigmentación por parte de cualesquiera de los oferentes en un Mercado Móvil en la modalidad de Tianguis, Bazares o complementarios.
- Presentar documentos falsos para la solicitud del permiso de operación.
- Ocupar el espacio público en un horario y días no autorizado por la Secretaría, de manera reiterada.
- Por causa justificada de interés público.
- Aquellas que juzgue como causas graves la Secretaría de Desarrollo Económico.