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Conoce los requisitos para solicitar una pensión alimenticia de hijos en la CDMX

En México los padres o tutores legales deben aportar económicamente a la manutención básica de los hijos. Esto es lo que debes saber sobre la pensión alimenticia en la CDMX.
vie 26 noviembre 2021 06:38 PM
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Hay una serie de pasos para solicitar la pensión alimenticia a los menores de edad.

En México, los padres están obligados por ley a dar alimentos a sus hijos. En caso de divorcio o separación, esta responsabilidad no desaparece y ambas partes están obligadas a cumplir con la responsabilidad.

En la Ciudad de México es posible presentar una demanda de pensión alimenticia que asegure que las partes involucradas se comprometan a brindar los medios necesarios para asegurar el alimento a los hijos. Te explicamos los detalles.

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¿Quién la puede solicitar?

La población en general puede solicitar el trámite de Pensión alimenticia por Comparecencia. Se trata de un trámite unipersonal mediante el cual se asigna de manera sistematizada y aleatoria Juzgado en turno y número de expediente a fin de que el solicitante acuda de inmediato al Juzgado a levantar la comparecencia.

Opciones para tramitar la pensión alimenticia

Presencial:

  • Instituto Municipal de las Mujeres (IMMUJERES) Avenida Lázaro Cárdenas, número 787, Guasave, Guasave, código postal 81040.
  • Avenida Juárez 8, 1er Piso, Colonia Centro, Colonia Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 6010, Ciudad de México.

Vía correo electrónico:

Informes por teléfono:

  • 51-30-47-93

Requisitos y documentos necesarios

  1. Identificación oficial con fotografía.
  2. Acta de matrimonio si la persona es casada.
  3. Acta de nacimiento de menores.
  4. Domicilio de la parte solicitante.
  5. Domicilio particular y laboral del demandado.
  6. Cualquiera de los domicilios solicitados debe ser en la Ciudad de México.

Cómo calcular y qué gastos incluye la pensión alimenticia

Hay varias formas de fijar un monto para la pensión alimenticia, una vía es la conciliación, que se da cuando los padres del menor llegan a un acuerdo y fijan un porcentaje aportando. De no ser así, el juez encargado del caso realizará un cálculo económico para conocer la cantidad que cada parte dará, dicho cálculo depende de varios factores:

  • Zona donde habita el demandado.
  • Número de hijos.
  • Capacidades especiales de los involucrados (tutores e hijos).
  • Deudas que pueda tener la persona demandada.
  • Salario percibido.
  • El monto mínimo de pensión de alimentos es de 15% por hijo de las percepciones del tutor.

La ley considera como alimentos a la comida, el vestido, la habitación, atención médica, gastos para la educación de los menores y para proporcionarles oficio, arte o profesión.

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Respecto de los menores los alimentos comprenden, además, los gastos necesarios para la educación primaria del alimentista, y para proporcionarle algún oficio, arte o profesión honestos y adecuados a su sexo y circunstancias personales.

Motivos por los que se pierde la pensión alimenticia

Los padres están obligados a dar alimentos a sus hijos. A falta o por imposibilidad de los padres, la obligación recae en los demás ascendientes por ambas líneas que estuvieren más próximos en grado. Sin embargo, la responsabilidad puede cesar en los siguientes casos de acuerdo con el Artículo 320 del Código Civil Federal:

  • Si no existen los medios para cumplirla.
  • Cuando el alimentista deja de necesitar los alimentos.
  • En caso de violencia familiar o injurias graves inferidas, por el alimentista mayor de edad, contra el que debe prestarlos.
  • Cuando la necesidad de los alimentos dependa de la conducta viciosa o de la falta de aplicación al estudio del alimentista mayor de edad.
  • Si el alimentista, sin consentimiento del que debe dar los alimentos, abandona la casa de éste por causas injustificables.

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