Donde sí prosperó la queja contra del alcalde y Marco Polo Carballo Calva, director de Desarrollo Social de la alcaldía, fue por vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda electoral.
Por ello, se inició el procedimiento administrativo sancionador y se ordenó el retiro inmediato de propaganda de Respaldo VC de distintos medios impresos o electrónicos. También se inició un procedimiento administrativo sancionador contra la candidata, por considerar que podría beneficiarse electoralmente del programa.
Bernardo Valle Monroy, presidente de la comisión del IECM, detalló en entrevista que, si bien los programas sociales son un derecho en la CDMX, en periodo electoral los gobernantes no pueden difundirlos o promocionarlos a menos de que sean para acciones de salud o las contempladas en la ley. Los candidatos tampco se pueden adjudicar dichos programas.
Este procedimiento sancionador será enviado al Tribunal Electoral local, para determinar las posibles faltas en las que pudieran haber incurrido los funcionarios de la alcaldía.
"Lo importante de las medidas cautelares es que ayudan a controlar a que haya equidad en el proceso electoral en curso, que si nos esperamos a que el tribunal resuelva, pues el tribunal va a venir resolviendo terminada la elección, pero de nada serviría el procedimiento (sancionador) si no hubiera posibilidad de imponer estas medidas cautelares", dijo el consejero.
En lo que va del proceso electoral, el IECM ha atendido 395 quejas y denuncias en contra de diversos actores políticos. Entre las denuncias presentadas, 32 están relacionadas con violencia política de género. Se han dictado 28 medidas cautelares, tres medidas de protección y siete tutelas preventivas. Una de ellas es el ordenamiento al alcalde en Venustiano Carranza para evitar la promoción de la tarjeta Respaldo VC.