El gobierno de la Ciudad de México publicó este lunes el
, en el que se autoriza "utilizar como elementos auxiliares todos los recursos médicos y de asistencia social de los sectores público, social y privado existentes en las zonas, colonias y comunidades" de la capital.
De igual manera, se autoriza la "contratación y adquisición de todo tipo de bienes, arrendamientos y prestación de servicios a nivel nacional o internacional de equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, así como todo tipo de mercancías y objetos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia" sin necesidad de llevar a cabo licitaciones públicas.
El decreto fue publicado este lunes en la Gaceta Oficial de la CDMX y "estará vigente hasta que la autoridad competente determine la conclusión de la contingencia sanitaria que la originó".
Otras acciones que se autorizan para la Secretaría de Salud son:
- Importar y autorizar la importación, así como la adquisición en el territorio nacional de equipo médico, agentes de diagnóstico, material quirúrgico y de curación y productos higiénicos, sin necesidad de agotar trámite administrativo alguno.
- Llevar a cabo las medidas necesarias para evitar la especulación de precios y el acopio de insumos esenciales necesarios de estos bienes y servicios.
También se autoriza que el Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) pueda llevar a cabo las acciones necesarias para el abastecimiento de agua potable.
Para ello, se determina que pueda contratar mediante los procedimientos de adjudicación directa todo tipo de bienes y servicios a efecto de que le permitan afrontar la emergencia sanitaria por el COVID-19.
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El decreto ordena además que la Secretaría de Administración y Finanzas, así como al Sistema de Aguas de la Ciudad de México, puedan realizar las compras consolidadas que sean necesarias.
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Señala además que las alcaldías, dependencias y entidades de la administración pública de la Ciudad de México deberán coordinarse y brindar los apoyos que sean requeridos por la Secretaría de Salud, la Secretaria de Administración y Finanzas y el Sistema de Aguas de la Ciudad de México para la instrumentación de las medidas de mitigación y contagio por el COVID-19.