El informe que presentará el 1 de septiembre corresponde a la obligación marcada en artículo 69 de la Constitución Política, que establece que una de las obligaciones del presidente en turno es informar sobre el estado que guarda el país al inicio de cada año legislativo, el cual comienza cada 1 de septiembre.
“En la apertura de sesiones ordinarias del primer periodo de cada año del ejercicio de Congreso, el presidente de la República presentará un informe por escrito en el que manifieste el estado general que guarda la administración pública de país”, refiere el texto constitucional.
Se trata del quinto informe marcado por la Constitución, sin embargo, será el número 19 del gobierno de López Obrador, debido a que cada tres mes ofrece una rendición de cuentas en este contexto:
1. En marzo. No hay fecha definida, pero se realiza con motivo de informar sobre los 100 primeros días de cada año de gobierno.
2. El 1 de julio para conmemorar el triunfo de su movimiento político en las urnas.
3. 1 de septiembre. Informe oficial como lo establece el artículo 65 constitucional.
4. 1 de diciembre. Para conmemorar el inicio de su gobierno.